Mensaje por siga1 » 24 Jul 2007 19:25
Gracias el enlace funciona perfectamente...
De los que tienen la D con las que quieran libremente hasta ahora, pues que os quedais con cinco, alguno vais a llorar , salvo lo del art. 49.
Se suprimen los visores nocturnos, los localizadores termicos, o sea que cuando salga la Ley los que los tengais son objetos prohibidos.
Van a aumentar los gastos federativos , ya que la Ley obliga a tener dos vigilantes permanentes en los recintos, con municiones, armas, aparte de los permisos pertinentes...
Y la gradación de las multas unas permanecen igual, y otras son para crujir a gusto de 30.000 a 60.000 € o 600.000 € como para que algun cachondo quiera fabricarse la polvora...
Para la tropa profesional se vuelve a recuperar lo viejo los cuatro años de servicio, se elimina la cruz de la constancia...(25 años).
El reglamento no es malo en si , es un refrito del anterior, que tiene luces y sombras...
Para los de la F, volvemos al mismo tiempo anterior a la ultima modificacion, sobre todo en 3ª (dos armas, sobra para la vida deportiva),
Tambien regula los que bordean la LEY , llevando en los vehiculos, armas de fortuna, (martillos, destornilladores, punzones de zapatero, raquetas de squash,etc..) las define y deja el nivel sancionador al criterio del agente que realiza la intervención...Algo que a mas de uno le va a costar mucho dinero en recursos juridicos, ya que existe la vulneracion de la presunción de inocencia, por parte del agente, aunque cumpla la ley que nos afecta, hay varias paradojas , siempre que en esa discrecionalidad por parte de la administración, ya que presupone una acción que no ha llegado a producirse, pero para esto hay juristas mas expertos para debatir...
De todas formas conociendo como piensan algunos egregios mandos del Benemerito Instituto, que Dios nos pille confesados, si un Juez hubiera dicho lo que me ha llegado de fuentes estrictamente fiables , se le podría poner una querella por prevaricación, algunos mandos se jactan de ello, de joder a los que tienen licencia, y las chulerias no son de recibo, la Ley es igual para todos...
Pero bueno , si los mandos o por lo menos este piensa eso, que les puedes pedir a los agentes....
A todos los que tenemos licencias de armas, sean funcionarios o no, cuidado con las niñas, las municiones, cupos y demas permisos, ser observantes, que nos van a dar hasta detras de las orejas, y las multas son de aupa...
[quote][citando a: Gebek]
Podeis descargar este derroche de sapiencia y buen criterio aqui:
[url=http://www.twango.com/m/78cb9887e9][img=https://media.twango.com/m1/roundedthumbnail/0001/pdf.jpg][/url]
Si no va el link decidmelo.[/quote]
Gracias el enlace funciona perfectamente...
De los que tienen la D con las que quieran libremente hasta ahora, pues que os quedais con cinco, alguno vais a llorar , salvo lo del art. 49.
Se suprimen los visores nocturnos, los localizadores termicos, o sea que cuando salga la Ley los que los tengais son objetos prohibidos.
Van a aumentar los gastos federativos , ya que la Ley obliga a tener dos vigilantes permanentes en los recintos, con municiones, armas, aparte de los permisos pertinentes...
Y la gradación de las multas unas permanecen igual, y otras son para crujir a gusto de 30.000 a 60.000 € o 600.000 € como para que algun cachondo quiera fabricarse la polvora...
Para la tropa profesional se vuelve a recuperar lo viejo los cuatro años de servicio, se elimina la cruz de la constancia...(25 años).
El reglamento no es malo en si , es un refrito del anterior, que tiene luces y sombras...
Para los de la F, volvemos al mismo tiempo anterior a la ultima modificacion, sobre todo en 3ª (dos armas, sobra para la vida deportiva),
Tambien regula los que bordean la LEY , llevando en los vehiculos, armas de fortuna, (martillos, destornilladores, punzones de zapatero, raquetas de squash,etc..) las define y deja el nivel sancionador al criterio del agente que realiza la intervención...Algo que a mas de uno le va a costar mucho dinero en recursos juridicos, ya que existe la vulneracion de la presunción de inocencia, por parte del agente, aunque cumpla la ley que nos afecta, hay varias paradojas , siempre que en esa discrecionalidad por parte de la administración, ya que presupone una acción que no ha llegado a producirse, pero para esto hay juristas mas expertos para debatir...
De todas formas conociendo como piensan algunos egregios mandos del Benemerito Instituto, que Dios nos pille confesados, si un Juez hubiera dicho lo que me ha llegado de fuentes estrictamente fiables , se le podría poner una querella por prevaricación, algunos mandos se jactan de ello, de joder a los que tienen licencia, y las chulerias no son de recibo, la Ley es igual para todos...
Pero bueno , si los mandos o por lo menos este piensa eso, que les puedes pedir a los agentes....
A todos los que tenemos licencias de armas, sean funcionarios o no, cuidado con las niñas, las municiones, cupos y demas permisos, ser observantes, que nos van a dar hasta detras de las orejas, y las multas son de aupa...