Mensaje por jrdc1 » 16 Sep 2008 23:02
Buenas!
Las únicas licencias que permiten el uso de armas para la defensa son la A (para fuerzas de seguridad) y B (para civiles). Ninguna de las dos te ofrece immunidad, por lo que siempre deberás acreditar - en el juzgado, por supuesto - la concurrencia de las circunstancias que legitiman el uso de un arma para la defensa propia. Lo mismo que si posees cualquier arma guiada bajo otra licencia. Eso si, si tienes armas sin licencia, prepárate. El ilícito es absoluto, y el marrón del calibre .45.
Saludos
Buenas!
Las únicas licencias que permiten el uso de armas para la defensa son la A (para fuerzas de seguridad) y B (para civiles). Ninguna de las dos te ofrece immunidad, por lo que siempre deberás acreditar - en el juzgado, por supuesto - la concurrencia de las circunstancias que legitiman el uso de un arma para la defensa propia. Lo mismo que si posees cualquier arma guiada bajo otra licencia. Eso si, si tienes armas sin licencia, prepárate. El ilícito es absoluto, y el marrón del calibre .45.
Saludos