Mensaje por DPN » 01 May 2025 20:56
Hace dos días he realizado la consulta en la IAE de mi localidad para transferir un armero de un compañero que deja la caza, Grado I.
Si la homologación del mismo responde a la última certificación de la normativa (2019) no hay problema, si no, el armero no se puede transferir legalmente, lo usas pero no vale para una custodia legal de armas en el domicilio.
La normativa vigente es UNE 1143-1 con la certificación 2019
En este caso y aunque la norma UNE es la misma, el armero era certificación 2012 por lo que no se lo puedo comprar para uso legal, la GC no te hace el traspaso.
La persona que me atendió me recomendó que siempre que se pueda se mantenga un arma ligada al armero, de manera que éste se considere algo así como en activo, ya que mientras eso suceda el mismo no pierde validez para su propietario de cara a guardar las armas que posea independientemente de que la certificación se quede obsoleta.
No sé si me he explicado, espero que si. Un saludo.
Hace dos días he realizado la consulta en la IAE de mi localidad para transferir un armero de un compañero que deja la caza, Grado I.
Si la homologación del mismo responde a la última certificación de la normativa (2019) no hay problema, si no, el armero no se puede transferir legalmente, lo usas pero no vale para una custodia legal de armas en el domicilio.
[b]La normativa vigente es UNE 1143-1 con la certificación 2019[/b]
En este caso y aunque la norma UNE es la misma, el armero era certificación 2012 por lo que no se lo puedo comprar para uso legal, la GC no te hace el traspaso.
La persona que me atendió me recomendó que siempre que se pueda se mantenga un arma ligada al armero, de manera que éste se considere algo así como en activo, ya que mientras eso suceda el mismo no pierde validez para su propietario de cara a guardar las armas que posea independientemente de que la certificación se quede obsoleta.
No sé si me he explicado, espero que si. Un saludo.