Mensaje por Chinchu » 04 Oct 2024 08:36
RAUCES escribió:Hola, en España las armas "neumáticas" de más de.24 julios estan prohibidas. Silenciadores para las carabinas de aire comprimido los hay y se venden sin problema (GAMO por ejemplo) , pero no silencian mucho, sobre todo en las de muelle, que suena mas el impacto del muelle que el aire al salir. Un saludo
Hola,
Realmente no, la cuestión es que quedan directamente asimiladas a armas de fuego, pero prohibidas no están, simplemente que van a otro permiso de armas distinto. Se pueden comprar y usar, tal como prevé el R.A.
Saludos,
3.ª categoría:
1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
3. Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.
[quote="RAUCES"]Hola, [b]en España las armas "neumáticas" de más de.24 julios estan prohibidas.[/b] Silenciadores para las carabinas de aire comprimido los hay y se venden sin problema (GAMO por ejemplo) , pero no silencian mucho, sobre todo en las de muelle, que suena mas el impacto del muelle que el aire al salir. Un saludo[/quote]
Hola,
Realmente no, la cuestión es que quedan directamente asimiladas a armas de fuego, pero prohibidas no están, simplemente que van a otro permiso de armas distinto. Se pueden comprar y usar, tal como prevé el R.A.
Saludos,
[i]3.ª categoría:
1. Armas de fuego largas rayadas para tipo deportivo, de calibre 5,6 milímetros (.22 americano), de percusión anular, bien sean de un disparo, bien de repetición o semiautomáticas.
2. Escopetas y demás armas de fuego largas de ánima lisa, o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo, que los bancos de pruebas reconocidos hayan marcado con punzón de escopeta de caza, no incluidas entre las armas de guerra.
[b]3. Armas accionadas por aire u otro gas comprimido, sean lisas o rayadas, siempre que la energía cinética del proyectil en boca exceda de 24,2 julios.[/b][/i]