Mensaje por waikinin » 25 Dic 2022 11:00
El problema de lo que señalas, no es en atención a la legalidad del cargador en sí mismo, sino en atención a que se trata de una exportación e importación de material de defensa.
Sacarlo de EEUU, sin la oportuna licencia de exportación, tiene la naturaleza de infracción muy grave a la ITAR, lo que pueda dar lugar a sanciones económicas estratosféricas e incluso otro tipo de medidas -aunque lo normal es que te lo quiten y ya está, aunque quedará anotado en el sistema, lo que hará que para posibles vueltas al país no te miren con buenos ojos-.
Con respecto a introducirlo en España, se trataría de una importación de material de defensa, por lo que requeriría igualmente la oportuna licencia, siendo constitutivo de infracción al Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, el carecer de la misma.
Dicho esto, ya es cuestión personal el asumir el riesgo que comporta, teniendo presente que, muy probablemente, no se trataría del primero ni último que lo haga, sin sufrir consecuencias.
El problema de lo que señalas, no es en atención a la legalidad del cargador en sí mismo, sino en atención a que se trata de una exportación e importación de material de defensa.
Sacarlo de EEUU, sin la oportuna licencia de exportación, tiene la naturaleza de infracción muy grave a la ITAR, lo que pueda dar lugar a sanciones económicas estratosféricas e incluso otro tipo de medidas -aunque lo normal es que te lo quiten y ya está, aunque quedará anotado en el sistema, lo que hará que para posibles vueltas al país no te miren con buenos ojos-.
Con respecto a introducirlo en España, se trataría de una importación de material de defensa, por lo que requeriría igualmente la oportuna licencia, siendo constitutivo de infracción al Real Decreto 679/2014, de 1 de agosto, el carecer de la misma.
Dicho esto, ya es cuestión personal el asumir el riesgo que comporta, teniendo presente que, muy probablemente, no se trataría del primero ni último que lo haga, sin sufrir consecuencias.