Mensaje por jfmtda » 21 Ene 2021 20:41
Del Reglamento de Armas en vigor:
Artículo 137.
1. La pérdida de la habilitación deportiva que corresponda llevará aparejada la revocación de la licencia y de la facultad de poseer armas de concurso, y obligará a entregar aquélla y éstas en la Intervención de Armas, donde podrán permanecer durante un año. Antes de terminar este plazo, el interesado podrá solicitar nueva licencia para su uso, si recobrase su condición deportiva, o autorizar la transferencia a persona legitimada para el uso de dichas armas de concurso o a comerciantes autorizados, en la forma prescrita en los artículos 94 y 95.
2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior, las federaciones deportivas deberán comunicar a la Intervención de Armas, en el plazo máximo de quince días, las pérdidas de habilitaciones deportivas de las que tuvieran conocimiento. La Intervención de Armas dará cuenta seguidamente a la Dirección General de la Guardia Civil.
Por tanto, y en teoría, la Federación comunica a la GC las bajas de las licencias federativas. Conozco algún caso en el que la GC ha requerido la presentación de la licencia federativa, pues aunque les hubiesen comunicado la baja, podría darse el caso de que el interesado se hubiese dado de alta en una Federación distinta.
Saludos.
Del Reglamento de Armas en vigor:
Artículo 137.
1. La pérdida de la habilitación deportiva que corresponda llevará aparejada la revocación de la licencia y de la facultad de poseer armas de concurso, y obligará a entregar aquélla y éstas en la Intervención de Armas, donde podrán permanecer durante un año. Antes de terminar este plazo, el interesado podrá solicitar nueva licencia para su uso, si recobrase su condición deportiva, o autorizar la transferencia a persona legitimada para el uso de dichas armas de concurso o a comerciantes autorizados, en la forma prescrita en los artículos 94 y 95.
2. A los efectos prevenidos en el apartado anterior,[b] las federaciones deportivas deberán comunicar a la Intervención de Armas, en el plazo máximo de quince días, las pérdidas de habilitaciones deportivas de las que tuvieran conocimiento.[/b] La Intervención de Armas dará cuenta seguidamente a la Dirección General de la Guardia Civil.
Por tanto, y en teoría, la Federación comunica a la GC las bajas de las licencias federativas. Conozco algún caso en el que la GC ha requerido la presentación de la licencia federativa, pues aunque les hubiesen comunicado la baja, podría darse el caso de que el interesado se hubiese dado de alta en una Federación distinta.
Saludos.