Mensaje por BOTOGE » 05 Jun 2019 22:24
Chemi _Refogs escribió:Buenas tardes, compañeros:
Hace unos días fui a mi IA a ver qué tenía qué hacer para poder comprar munición, porque la ampliación de cupo me había expirado hace unos meses.
Me ha expirado por tiempo, ya que he gastado mucha menos de las que solicité. En la autorización de aumento, expone claramente que la validez de la misma es de un año.
Pues, para mi sorpresa, me comenta el agente, tras consultar con otro compañero suyo, que puedo seguir utilizando la misma hoja donde me venían apuntando las compras hasta que llegue al límite que me concedieron (10.000 del 22LR).
¿Alguien me puede confirmar si esto es así? ¿Ha habido algún cambio en la reglamentación en éste sentido o ha sido siempre así?
Gracias por adelantado y saludos.

e) Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F (de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero), deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de
un año.
Seguramente te llamarán para que hagas una solicitud nueva, ya que en el ordenador les saldrá que está caducada.
Un saludo
[quote="Chemi _Refogs"]Buenas tardes, compañeros:
Hace unos días fui a mi IA a ver qué tenía qué hacer para poder comprar munición, porque la ampliación de cupo me había expirado hace unos meses.
Me ha expirado por tiempo, ya que he gastado mucha menos de las que solicité. En la autorización de aumento, expone claramente que la validez de la misma es de un año.
Pues, para mi sorpresa, me comenta el agente, tras consultar con otro compañero suyo, que puedo seguir utilizando la misma hoja donde me venían apuntando las compras hasta que llegue al límite que me concedieron (10.000 del 22LR).
¿Alguien me puede confirmar si esto es así? ¿Ha habido algún cambio en la reglamentación en éste sentido o ha sido siempre así?
Gracias por adelantado y saludos.
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e) Si el particular en posesión de licencias A, B, D, E o F (de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero), deseara adquirir mayor cantidad de cartuchos que los cupos establecidos anteriormente, ha de estar provisto de un permiso especial expedido por la Intervención de Armas y Explosivos de la correspondiente Zona de la Guardia Civil, solicitado por conducto de la Intervención territorial, cuya validez será de [b]un año.
[/b]
Seguramente te llamarán para que hagas una solicitud nueva, ya que en el ordenador les saldrá que está caducada.
Un saludo