Mensaje por Extractor » 25 Nov 2018 08:41
sinoapuntoconfio escribió:Extractor escribió:Siento lo ocurrido, Furas. Y me imagino tu sensación de impotencia, pero así pueden ir las cosas a veces. La multilla de 300 pues a nadie le hace gracia, pero digamos que te ha salido lo más barato. Cuidado con los recursos a no ser que lo tengas superclaro que si te lo deniegan al final lo que tendrás que pagar serán los 600 sin rebaja. Lo de los antecedentes policiales, después de una consultilla, habitualmente no se "generan" porque te hayan retenido el arma o por la sanción. Fíjate que entonces cualquier infracción leve de tráfico podría derivar en "antecedente". Digamos que tiene que abrirse diligencia después de una detención e incluso ficha policial, aunque al final el Jugado de Primera Instancia diga que a casa sin más. Y aún así está sujeto a prescripción que si no realizan de oficio puedes solicitar y deben destruirlo porque la Ley te ampara en ello. Si fuera primera concesión del Permiso, cabría la posibilidad de que se pusieran a mirar con lupa. En renovación, salvo que les "salten" penales (por supuesto no es el caso), dudo mucho que te digan nada.
Te digo lo de los 600 porque a mí me robaron una vieja moto de mi garaje estando de vacaciones. El trasto viejo arrancó, se pasearon hasta que se acabó la gasofa y la abandonaron en medio de la vía. Obviamente la tenía sin seguro porque no la utilizaba y estaba en mi propiedad, pero después de recurrir las veces que fuera (no recuerdo) no quise ir por la vía judicial y tuve que pagar los 900 de la multa original sin posibilidad de rebaja. Igual la cosa ha cambiado. Hace ya unos años.
Ya sabes, guía del coto siempre encima cuando saques el arma.
Suerte y un saludo.
amigo , no sabes lo que dices , los antecedentes policiales ya los tiene generados si o si desde el mismo momento que ha ocurrido la intervencion , y con antecedentes policiales ni primera ni segunda ni la venteava renovacion , de echo como le queden menos de 2 años para renovar al compañero ya lo tiene bien jodido pues va a ser dificil que en dos años consiga solucionar su problema y cancelar los antecedentes policiales que aunque en teoria son 3 meses no conozco ningun caso que haya tardado menos de 6 (aunque quizas los haya)
por otro lado si acepta pagar la sancion ¿que fuerza tiene despues para solicitar la cancelacion de antecedentes policiales? si ha pagado ha aceptado que cometio una falta GRAVE , si , si, GRAVE , es lo que le pone la sancion , date una vueltita por la normativa sobre armas y mira a ver cual es la consecuencias de una falta grave en el uso de las armas
la unica solucion que tiene es buscar un buen abogado que consiga demostrar que no existen motivos para esa sancion y una vez demostrado y con la setencia favorable en su poder adjuntarla y solicitar se cancelen los antecedentes policiales que en ningun caso se cancelan de oficio , ¿que todo esto es una mierda? si , pero es lo que ahi y tenemos que jugar con las cartas que tenemos , el aconsejar si saber solo puede llevar a que el compañero vea en el ultimo momento los problemas que tiene y sin tiempo para reacionar
lo dicho Furas , no le des mas vueltas , consulta con un abogado que tenga cierta experiencia en temas de armas (que no te creas que ahi muchos) antes de dar ningun paso que despues te cierre otras puertas , piensa que los antecedentes policiales ya de todas las maneras los tienes y que con antecedentes policiales te denegaran la renovacion de permisos , es mas , con antecedentes policiales ni siquiera se solicitan los penales , y apura la cosa basandote en el tiempo que tengas de margen para renovar , pero vete pensando en que los plazos son mucho mas largos de lo que se dice , entre la denuncia , tramitacion , adjudicacion de juzgado y todo ese tema te van a pasar mas de 6 meses , otros 6 minimo hasta la resolucion y otros 6 para cancelacion de policiales , saliendo todo muy muy muy bien vas a estar muy cercano a los 2 años y facilmente el plazo sea aun mayor , asi que ... tu sabras lo que te tienes que apurar , pero en tu lugar lo que nunca haria seria pagar y aceptar la sancion pues hablamos de una sancion grave que va a repercutir muy desfaroblamente en tus permisos de armas , o al menos no lo haria sin antes hablar con un tecnico en leyes y que tenga bien mamado el tema de la legislacion sobre armas
un saludo y espero que tengas tiempo e iluminacion para solucionarlo , aunque de verdad que en mi opinion te vas a ver en un follon bastante tocapelotas
i) Portar armas de fuego o de cualesquiera otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso, con multas de 300,51 a 450,76 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes.
j) Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de 300,51 a 601,01 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes.
Ahí tenemos la letra de los artículos, especialmente la última sanción, por la cual entiendo que dices que puede haber no concesión de Licencia por antecedentes policiales.
En primer lugar el tono del "no sabes lo que dices" no es el que se estila por aquí, aunque por supuesto todos podemos meter la pata, yo el primero. Una simple lectura de esa parte del artículo deja las cosas un poco claras. La retirada puede acompañar a la sanción, pero no es consecuencia de la sanción ni de la intervención policial. Si lo que le ha llegado es sólo la sanción sin mención a retirada, no hay retirada. Otra cosa es que se llegara a la Sala de Vistas y, con muy mala suerte, Su Señoría estimase procedente, además de la sanción, la retirada. Además, discutimos en vano. Hay un procedimiento administrativo bien simple para saber si "tienes" antecedentes policiales, pero seguramente no lo podrá consultar hasta que concluya el expediente. A entender de alguien que sabe qué son los antecedentes policiales, la intervención no los motivó. Es exactamente igual a las sanciones de tráfico que pueden ir acompañadas de retirada de permiso. Si no te lo comunican junto a la sanción y pagas, se cierra el expediente y conservas tu permiso con
n puntos menos o lo que proceda. Para que genere esos antecedentes tiene que constar o en la
Sección del Archivo General de la Dirección General de la Policía o en la
Sección del Archivo General de la Dirección General de la Guardia Civil Aunque, si no recuerdo mal, la intención del Ministerio era unificarlo en el Fichero "Personas", pero creo que aún no lo han hecho. Si no está ahí, concluido el expediente, y como puedes imaginar no anotan hasta la última sanción porque entonces creo que ninguno tendríamos la Licencia, no tienes antecedentes policiales. Si tienes fuentes más fiables y expertas, me callo y corrijo.
Un saludo
PD. Por supuesto los diferentes Organismos guardan copia de las sanciones impuestas. Un ejemplo: de nuevo la DGT, para llevar el control necesario en la retirada o restitución de puntos, pero eso no son antecedentes policiales. También SEPRONA tiene copia de una sanción, no penal claro, por una quema improcedente de restos de poda, pero de nuevo, si es sólo eso, no genera antecedentes.
[quote="sinoapuntoconfio"][quote="Extractor"]Siento lo ocurrido, Furas. Y me imagino tu sensación de impotencia, pero así pueden ir las cosas a veces. La multilla de 300 pues a nadie le hace gracia, pero digamos que te ha salido lo más barato. Cuidado con los recursos a no ser que lo tengas superclaro que si te lo deniegan al final lo que tendrás que pagar serán los 600 sin rebaja. Lo de los antecedentes policiales, después de una consultilla, habitualmente no se "generan" porque te hayan retenido el arma o por la sanción. Fíjate que entonces cualquier infracción leve de tráfico podría derivar en "antecedente". Digamos que tiene que abrirse diligencia después de una detención e incluso ficha policial, aunque al final el Jugado de Primera Instancia diga que a casa sin más. Y aún así está sujeto a prescripción que si no realizan de oficio puedes solicitar y deben destruirlo porque la Ley te ampara en ello. Si fuera primera concesión del Permiso, cabría la posibilidad de que se pusieran a mirar con lupa. En renovación, salvo que les "salten" penales (por supuesto no es el caso), dudo mucho que te digan nada.
Te digo lo de los 600 porque a mí me robaron una vieja moto de mi garaje estando de vacaciones. El trasto viejo arrancó, se pasearon hasta que se acabó la gasofa y la abandonaron en medio de la vía. Obviamente la tenía sin seguro porque no la utilizaba y estaba en mi propiedad, pero después de recurrir las veces que fuera (no recuerdo) no quise ir por la vía judicial y tuve que pagar los 900 de la multa original sin posibilidad de rebaja. Igual la cosa ha cambiado. Hace ya unos años.
Ya sabes, guía del coto siempre encima cuando saques el arma.
Suerte y un saludo.[/quote]
amigo , no sabes lo que dices , los antecedentes policiales ya los tiene generados si o si desde el mismo momento que ha ocurrido la intervencion , y con antecedentes policiales ni primera ni segunda ni la venteava renovacion , de echo como le queden menos de 2 años para renovar al compañero ya lo tiene bien jodido pues va a ser dificil que en dos años consiga solucionar su problema y cancelar los antecedentes policiales que aunque en teoria son 3 meses no conozco ningun caso que haya tardado menos de 6 (aunque quizas los haya)
por otro lado si acepta pagar la sancion ¿que fuerza tiene despues para solicitar la cancelacion de antecedentes policiales? si ha pagado ha aceptado que cometio una falta GRAVE , si , si, GRAVE , es lo que le pone la sancion , date una vueltita por la normativa sobre armas y mira a ver cual es la consecuencias de una falta grave en el uso de las armas
la unica solucion que tiene es buscar un buen abogado que consiga demostrar que no existen motivos para esa sancion y una vez demostrado y con la setencia favorable en su poder adjuntarla y solicitar se cancelen los antecedentes policiales que en ningun caso se cancelan de oficio , ¿que todo esto es una mierda? si , pero es lo que ahi y tenemos que jugar con las cartas que tenemos , el aconsejar si saber solo puede llevar a que el compañero vea en el ultimo momento los problemas que tiene y sin tiempo para reacionar
lo dicho Furas , no le des mas vueltas , consulta con un abogado que tenga cierta experiencia en temas de armas (que no te creas que ahi muchos) antes de dar ningun paso que despues te cierre otras puertas , piensa que los antecedentes policiales ya de todas las maneras los tienes y que con antecedentes policiales te denegaran la renovacion de permisos , es mas , con antecedentes policiales ni siquiera se solicitan los penales , y apura la cosa basandote en el tiempo que tengas de margen para renovar , pero vete pensando en que los plazos son mucho mas largos de lo que se dice , entre la denuncia , tramitacion , adjudicacion de juzgado y todo ese tema te van a pasar mas de 6 meses , otros 6 minimo hasta la resolucion y otros 6 para cancelacion de policiales , saliendo todo muy muy muy bien vas a estar muy cercano a los 2 años y facilmente el plazo sea aun mayor , asi que ... tu sabras lo que te tienes que apurar , pero en tu lugar lo que nunca haria seria pagar y aceptar la sancion pues hablamos de una sancion grave que va a repercutir muy desfaroblamente en tus permisos de armas , o al menos no lo haria sin antes hablar con un tecnico en leyes y que tenga bien mamado el tema de la legislacion sobre armas
un saludo y espero que tengas tiempo e iluminacion para solucionarlo , aunque de verdad que en mi opinion te vas a ver en un follon bastante tocapelotas[/quote]
i) Portar armas de fuego o de cualesquiera otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso, con multas de 300,51 a 450,76 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes.
j) Utilizar armas de fuego o de cualesquiera otra clase, sin adoptar las medidas o precauciones necesarias para no causar peligro, daños, perjuicios o molestias a terceras personas o a sus bienes, o contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 146 de este Reglamento, con multas de 300,51 a 601,01 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o autorizaciones correspondientes.
Ahí tenemos la letra de los artículos, especialmente la última sanción, por la cual entiendo que dices que puede haber no concesión de Licencia por antecedentes policiales.
En primer lugar el tono del "no sabes lo que dices" no es el que se estila por aquí, aunque por supuesto todos podemos meter la pata, yo el primero. Una simple lectura de esa parte del artículo deja las cosas un poco claras. La retirada puede acompañar a la sanción, pero no es consecuencia de la sanción ni de la intervención policial. Si lo que le ha llegado es sólo la sanción sin mención a retirada, no hay retirada. Otra cosa es que se llegara a la Sala de Vistas y, con muy mala suerte, Su Señoría estimase procedente, además de la sanción, la retirada. Además, discutimos en vano. Hay un procedimiento administrativo bien simple para saber si "tienes" antecedentes policiales, pero seguramente no lo podrá consultar hasta que concluya el expediente. A entender de alguien que sabe qué son los antecedentes policiales, la intervención no los motivó. Es exactamente igual a las sanciones de tráfico que pueden ir acompañadas de retirada de permiso. Si no te lo comunican junto a la sanción y pagas, se cierra el expediente y conservas tu permiso con [i]n[/i] puntos menos o lo que proceda. Para que genere esos antecedentes tiene que constar o en la [i]Sección del Archivo General de la Dirección General de la Policía[/i] o en la [i]Sección del Archivo General de la Dirección General de la Guardia Civil[/i] Aunque, si no recuerdo mal, la intención del Ministerio era unificarlo en el Fichero "Personas", pero creo que aún no lo han hecho. Si no está ahí, concluido el expediente, y como puedes imaginar no anotan hasta la última sanción porque entonces creo que ninguno tendríamos la Licencia, no tienes antecedentes policiales. Si tienes fuentes más fiables y expertas, me callo y corrijo.
Un saludo
PD. Por supuesto los diferentes Organismos guardan copia de las sanciones impuestas. Un ejemplo: de nuevo la DGT, para llevar el control necesario en la retirada o restitución de puntos, pero eso no son antecedentes policiales. También SEPRONA tiene copia de una sanción, no penal claro, por una quema improcedente de restos de poda, pero de nuevo, si es sólo eso, no genera antecedentes.