Mensaje por oscashooter » 04 Mar 2018 20:45
Jurisprudencia, como tal, sólo la establecen el Tribunal Supremo y, en los temas que le competen, el Tribunal Constitucional. El resto de los Tribunales asientan lo que puede llamarse "jurisprudencia menor", que si bien establece unos "antecedentes" y a su vez la posibilidad de recurso por "unificación de doctrina" en el caso de que ante hechos y acciones similares recaigan sentencias distintas, NO son propiamente jurisprudencia digamos "de seguimiento obligado". No obstante, el que en este caso su señoría haya aplicado la vieja máxima de "in dubio pro reo" es para alegrarse por lo que supone de reconocimiento de los derechos y libertades de los ciudadanos y una presunción de inocencia que signifique una salvaguarda ante la arbitrariedad y los posibles abusos de autoridad.
Jurisprudencia, como tal, sólo la establecen el Tribunal Supremo y, en los temas que le competen, el Tribunal Constitucional. El resto de los Tribunales asientan lo que puede llamarse "jurisprudencia menor", que si bien establece unos "antecedentes" y a su vez la posibilidad de recurso por "unificación de doctrina" en el caso de que ante hechos y acciones similares recaigan sentencias distintas, NO son propiamente jurisprudencia digamos "de seguimiento obligado". No obstante, el que en este caso su señoría haya aplicado la vieja máxima de "in dubio pro reo" es para alegrarse por lo que supone de reconocimiento de los derechos y libertades de los ciudadanos y una presunción de inocencia que signifique una salvaguarda ante la arbitrariedad y los posibles abusos de autoridad.