Mensaje por secretariodelc » 26 Jul 2016 19:42
jrdc1 escribió:Buenas!
Desde el año 2000:
ARTICULO 104. (redactado según Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo, BOE nº 55, de 4
de marzo de 2000).
1.Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los
artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos
años por la autoridad competente, previa aportación por el interesado de informe favorable,
expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las
correspondientes pruebas complementarias de aptitud. Respecto a las expedidas a mayores de
setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual.
Te lo deberían haber recordado en tu IA en el momento de renovar la primera licencia que venciese a partir de tus 60 años.
Si no te han dicho nada, eso que te has ahorrado. Pero deber, deberías.
Saludos
Hola compañero, corrigeme sí me equivoco, creo que sí la licencia de armas es la "F", la cual se renueva cada 3 años,
no hace falta visado. Ahora bien las otras licencias "E"-"D", que se renuevan cada 5 años, sí se presenta dicho visado.
Hasta que cumples los setenta años (uno cada año), a los dos años del renove, visado (2+2+1) y el siguiente nuevo renove.
Tengo la "F"-"E" y "D" y solo me lo han pedido este visado con las licencias "E"/"D".
Arcabucero, seguro solo tiene la licencia "F"
Saludos Manolo

[quote="jrdc1"]Buenas!
Desde el año 2000:
ARTICULO 104. (redactado según Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo, BOE nº 55, de 4
de marzo de 2000).
1.Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los
artículos anteriores, las expedidas a mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos
años por la autoridad competente, previa aportación por el interesado de informe favorable,
expedido por un centro de reconocimiento autorizado o, en su caso, previa superación de las
correspondientes pruebas complementarias de aptitud. Respecto a las expedidas a mayores de
setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual.
Te lo deberían haber recordado en tu IA en el momento de renovar la primera licencia que venciese a partir de tus 60 años.
Si no te han dicho nada, eso que te has ahorrado. Pero deber, deberías.
Saludos[/quote]
Hola compañero, corrigeme sí me equivoco, creo que sí la licencia de armas es la "F", la cual se renueva cada 3 años,
no hace falta visado. Ahora bien las otras licencias "E"-"D", que se renuevan cada 5 años, sí se presenta dicho visado.
Hasta que cumples los setenta años (uno cada año), a los dos años del renove, visado (2+2+1) y el siguiente nuevo renove.
Tengo la "F"-"E" y "D" y solo me lo han pedido este visado con las licencias "E"/"D".
Arcabucero, seguro solo tiene la licencia "F"
Saludos Manolo :birra^: :vacaciones^: :birra^: