Buenas!
Con la AEM puedes usar - que no poseer - escopetas y armas asimiladas (armas de 3ª.2 y 3ª.3 categoría) desde los 14 hasta los 16 años de edad. A partir de los 16 años, puedes usar - que no poseer - armas largas rayadas (armas de 2ª.2 y 3ª.1 categoría), Según consta en el Art. 109 del vigente RA.
Para poder usar legalmente armas cortas debes esperar a tener 18 años y obtener la licencia F.
Con la licencia F puedes poseer y usar cualquier arma de concurso; las armas consideradas de concurso son la que aparecen en el anexo de la Orden INT-56-2011:
Básicamente, en arma corta son la que tienen un calibre comprendido entre el .22 y el .45, con una distancia entre miras superior a 13 cm. Estos parámetros incluyen casi todas las armas cortas que se encuentran en el mercado, excepto las diseñadas específicamente para defensa personal y las creadas para matar osos a corta distancia.
En términos generales las Autorizaciones Especiales AE - para armas de avancarga o anteriores a 1890 y AER - para réplicas de armas anteriores a 1890 son, digamos, un subconjunto de la F - para armas cortas - y D - para armas largas - cuya mayor ventaja es no estar sujetas a cupo máximo de armas - que si existe en la F - o no necesitar armero para su custodia - para las armas amparadas en AE. Las réplicas guiadas con AER necesitan ser custodiadas en armero homologado en equivalencia a las armas guiadas en D y/o F.
Saludos