Si quiere adjuntar uno o más archivos introduzca los detalles debajo También puede adjuntar archivos arrastrándolos y soltándolos en el cuadro de mensaje.
Mensaje por Cabo_Tito » 18 Dic 2015 18:10
manolosolo escribió::mrgreen: No te olvides de llevar también, la declaración de la renta, la partida de nacimiento, y el libro de familia, y todo bien compulsado, por triplicado, en papel timbrado y numerado...también ayuda mucho en la rapidez de consecución, el comprobante de pago de bula papal para comer carne en Semana santa, y el certificado de que has hecho el camino de Santiago desde Roncesvalles......
Mensaje por manolosolo » 18 Dic 2015 17:09
Mensaje por jabierles » 18 Dic 2015 16:22
Mensaje por topp » 16 Dic 2015 10:41
manchego2010 escribió:topp escribió:Me imagino que no se podra recurrir la sentencia del tribunal supremo.. Contra la sentencia no cabe recurso alguno, y así lo hace constar la propia sentencia. El de amparo ante el Tribunal Constitucional sería posible pero para eso sería necesario que se vulnerasen Derechos Fundamentales, lo que no creo que sea el caso. O sea, que queda zanjado el asunto. Lo gracioso de todo esto es que la Constitución dice en su artículo 1.1 que "España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político", pero vamos, que libertad va quedando bien poca, porque ya está prohibido casi todo (y lo poco que queda, se prohibirá más adelante).
topp escribió:Me imagino que no se podra recurrir la sentencia del tribunal supremo..
Mensaje por manolosolo » 15 Dic 2015 15:14
Mensaje por Cabo_Tito » 15 Dic 2015 14:18
Mensaje por muretti » 15 Dic 2015 13:31
topp escribió:madbullet escribió:Lo que si es seguro es que la tarjeta no será gratis...más "tela pa-la bushaca", como con la AE en su momento o las de aire comprimido, la cuestión es trincar, ni más ni menos. Cosas que en el mundo "civilizado" serían de risa, aquí te cuestan un disgusto. Solo faltan los bolis BIC con pelotillas...pero no demos ideas JA JA JA, es que es para reirse de ellos en su cara. Y pensar que son nuestros empleados...Un saludo.Quien ha dicho que la tarjeta es gratis.. La tarjeta el pdicotecnico y el. Certificado de penales te puede salir por 50 o 100€.. Si la replica te vale 30€ ... Que haces.. PUES NO LEGALIZARLA..
madbullet escribió:Lo que si es seguro es que la tarjeta no será gratis...más "tela pa-la bushaca", como con la AE en su momento o las de aire comprimido, la cuestión es trincar, ni más ni menos. Cosas que en el mundo "civilizado" serían de risa, aquí te cuestan un disgusto. Solo faltan los bolis BIC con pelotillas...pero no demos ideas JA JA JA, es que es para reirse de ellos en su cara. Y pensar que son nuestros empleados...Un saludo.
Mensaje por cuchilla » 15 Dic 2015 12:45
lucas7 escribió:según lo aquí leído al juez de turno podría caerle una denuncia por prevaricación, que según el diccionario de la lengua española dice asi: 1. f. Der. Delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario.
Mensaje por JordiAMX » 14 Dic 2015 23:44
Mensaje por manchego2010 » 14 Dic 2015 22:21
Mensaje por topp » 14 Dic 2015 22:07
Mensaje por manchego2010 » 14 Dic 2015 16:39
Mensaje por Parrish112 » 14 Dic 2015 15:39
Mensaje por topp » 14 Dic 2015 10:28
Mensaje por wibols » 14 Dic 2015 09:48
Mensaje por KM_boy » 14 Dic 2015 09:41
manchego2010 escribió:La sentencia dice alguna tontería monumental. Por ejemplo esta perla: (...) aunque el Reglamento de armas no ofrece una definición genérica de "armas", de la enumeración que se contiene en el artículo 2 (que incluye numerosos tipos de armas de fuego y armas blancas, más otras modalidades) se deduce que se emplea el término en su acepción común más amplia que ofrece el Diccionario de la Lengua en primer lugar, la de "instrumentos, medios o máquinas destinadas a atacar o defenderse", pero sin que necesariamente se trate de armas reales en el sentido de que tengan como función específica o sean susceptibles de producir daños físicos o lesiones. Si el Reglamento emplea arma en su sentido más amplio la de "instrumentos, medios o máquinas destinadas a atacar o defenderse", ¿cómo no se exige necesariamente que tengan como función específica o sean susceptibles de producir daños físicos o lesiones? ¿De verdad puede alguien atacar o defenderse con algo que no es susceptible de producir daños físicos o lesiones? Como no se exige que se trate de armas reales, ¿las fotos de armas, también son armas, según eso?En fin...
Mensaje por KM_boy » 14 Dic 2015 09:40
janet escribió:Y serán consideradas armas : una escoba agarrada al revés, un lápiz recién afilado, un pisapapeles, un zapato nuevo, una lampara de sobremesa, herramientas varias, etc. etc. etc. ¿ Cansa ya no ?
Mensaje por lucas7 » 14 Dic 2015 01:30
Komprasman escribió:Pues seguid votando a los mismos.
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