Mensaje por victorjimenez » 30 Abr 2015 23:47
Hola jrdc1. Ya le pedí la copia de la norma UNE 1143-1 no sé si será la de hace 8 años. COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE ALMERIA
INTERVENCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS EL EJIDO
23 DE ABRIL DEL 2015.
Muy señor mío:
Examinado su expediente personal de armas, NO le consta que posee una caja tuerte,
armario o armero autorizado para guardar en su domicilio, las armas de su propiedad
amparadas por la licencia de armas tipo D (largas rayadas para caza mayor) o, en su caso, los
cierres o piezas esenciales de las armas amparadas por la licencia tipo F (armas de concurso),
con arreglo a lo indicado en los artículos 100.5.a) y 133.2.b) respectivamente, del Real
Decreto 137/1193, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE 55
de 05-03-1993).
El grado de seguridad que deben de reunir la caja fuerte, armario o armero, se
establece en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la
Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir
las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE
291 de 05-12-1998), y es el siguiente:
- PARA LAS ARMAS LARGAS RAYADAS Y CAÑONES amparados por licencia
D (caza mayor): Grado de seguridad I, establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-
1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
- PARA LOS CIERRES O PIEZAS ESENCIALES DE LAS ARMAS amparados por
licencia F (tiro olímpico): Grado de seguridad III, establecido en la tabla 1 de la norma
UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE
108-110-87.
Asimismo, en su disposición transitoria, se establece que todas las empresas que
hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad
autorizada por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus
productos, relacionados con lo especificado en esa Resolución, dispondrán del plazo de un
año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado n° 96, de fecha 22-04-1998, de la
norma UNE EN 1143-1, sobre medidas de seguridad en cajas fuertes, puertas y cámaras
acorazadas, quedó anulada, entre otras, las normas españolas UNE 108-110-87 y 108-112-87,
por lo que sólo puede exigirse el grado de seguridad correspondiente a la Norma UNE EN
1143-1.
En su caso, al haber legalizado arma/s amparada por alguna o ambas licencias
citadas, estando en vigor la NORMA UNE EN 1143-1 y habiendo finalizado el plazo de
adecuación de la certificación concedido a las empresas (05 de diciembre de 1999), y no
existir documentación en su expediente personal que acredite que dispone en su domicilio de
caja fuerte y armario o armero que reúna el grado de seguridad correspondiente a la NORMA
UNE EN 11431-1, es por lo que se le concede un PLAZO DE DIEZ DÍAS, a partir del
recibo de la presente notificación, para DEPOSITAR en la Intervención de Armas y
Explosivos de la Guardia Civil de El Ejido (Almería), las armas de su propiedad, junto
con sus guías de pertenencia, amparadas por la/s licencia/s citada/s.
i
De NO efectuar el depósito de su/s arma/s amparada/s por la/s licencia/s citada/s,
en el plazo indicado, se procederá a formular la correspondiente propuesta de sanción
ante la Subdelegación del Gobierno en Almería, por infracción GRAVE al artículo 23.b)
de la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE 46 de 22-02-1992), por
omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas o precauciones obligatorias
para garantizar la seguridad de las armas.
Esto es lo que me ha dado. Pero el no se baja de la burra diciéndome que no soy el primero que lo ha intentado y luego a tenido que recular y comprar el armero. Por eso quiero que lo que me esta pasando sirva para que no nos dejemos pisar por algo en lo que no tienen razón. Si mi armero era bueno cuando lo compre en el 2002 después de haber pasado 4 años de cuando salió la norma UNE de 1998 y tras haber pasado ya por varias renovaciones de armas por que ahora no me vale. En su momento cuando la compre si me lo hubieran dicho habría ido a la tienda ha cambiarla por una de grado de seguridad III como mando la ley.
Hola jrdc1. Ya le pedí la copia de la norma UNE 1143-1 no sé si será la de hace 8 años. COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE ALMERIA
INTERVENCIÓN DE ARMAS Y EXPLOSIVOS EL EJIDO
23 DE ABRIL DEL 2015.
Muy señor mío:
Examinado su expediente personal de armas, NO le consta que posee una caja tuerte,
armario o armero autorizado para guardar en su domicilio, las armas de su propiedad
amparadas por la licencia de armas tipo D (largas rayadas para caza mayor) o, en su caso, los
cierres o piezas esenciales de las armas amparadas por la licencia tipo F (armas de concurso),
con arreglo a lo indicado en los artículos 100.5.a) y 133.2.b) respectivamente, del Real
Decreto 137/1193, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE 55
de 05-03-1993).
El grado de seguridad que deben de reunir la caja fuerte, armario o armero, se
establece en la Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la
Guardia Civil, por la que se determinan las medidas de seguridad mínimas que deben reunir
las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares (BOE
291 de 05-12-1998), y es el siguiente:
- PARA LAS ARMAS LARGAS RAYADAS Y CAÑONES amparados por licencia
D (caza mayor): Grado de seguridad I, establecido en la tabla 1 de la norma UNE EN 1143-
1, o el grado de seguridad A que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE 108-110-87.
- PARA LOS CIERRES O PIEZAS ESENCIALES DE LAS ARMAS amparados por
licencia F (tiro olímpico): Grado de seguridad III, establecido en la tabla 1 de la norma
UNE EN 1143-1, o el grado de seguridad C que se establecía en el punto 5.1.2 de la UNE
108-110-87.
Asimismo, en su disposición transitoria, se establece que todas las empresas que
hasta la fecha dispusieran de la correspondiente certificación expedida por una entidad
autorizada por el Ministerio de Industria y Energía, acreditativa del grado de seguridad de sus
productos, relacionados con lo especificado en esa Resolución, dispondrán del plazo de un
año para adecuar dicha certificación a lo establecido en la norma UNE EN 1143-1.
Con la publicación en el Boletín Oficial del Estado n° 96, de fecha 22-04-1998, de la
norma UNE EN 1143-1, sobre medidas de seguridad en cajas fuertes, puertas y cámaras
acorazadas, quedó anulada, entre otras, las normas españolas UNE 108-110-87 y 108-112-87,
por lo que sólo puede exigirse el grado de seguridad correspondiente a la Norma UNE EN
1143-1.
En su caso, al haber legalizado arma/s amparada por alguna o ambas licencias
citadas, estando en vigor la NORMA UNE EN 1143-1 y habiendo finalizado el plazo de
adecuación de la certificación concedido a las empresas (05 de diciembre de 1999), y no
existir documentación en su expediente personal que acredite que dispone en su domicilio de
caja fuerte y armario o armero que reúna el grado de seguridad correspondiente a la NORMA
UNE EN 11431-1, es por lo que se le concede un PLAZO DE DIEZ DÍAS, a partir del
recibo de la presente notificación, para DEPOSITAR en la Intervención de Armas y
Explosivos de la Guardia Civil de El Ejido (Almería), las armas de su propiedad, junto
con sus guías de pertenencia, amparadas por la/s licencia/s citada/s.
i
De NO efectuar el depósito de su/s arma/s amparada/s por la/s licencia/s citada/s,
en el plazo indicado, se procederá a formular la correspondiente propuesta de sanción
ante la Subdelegación del Gobierno en Almería, por infracción GRAVE al artículo 23.b)
de la Ley 1/92 sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE 46 de 22-02-1992), por
omisión o insuficiencia en la adopción o eficacia de las medidas o precauciones obligatorias
para garantizar la seguridad de las armas.
Esto es lo que me ha dado. Pero el no se baja de la burra diciéndome que no soy el primero que lo ha intentado y luego a tenido que recular y comprar el armero. Por eso quiero que lo que me esta pasando sirva para que no nos dejemos pisar por algo en lo que no tienen razón. Si mi armero era bueno cuando lo compre en el 2002 después de haber pasado 4 años de cuando salió la norma UNE de 1998 y tras haber pasado ya por varias renovaciones de armas por que ahora no me vale. En su momento cuando la compre si me lo hubieran dicho habría ido a la tienda ha cambiarla por una de grado de seguridad III como mando la ley.