Si quiere adjuntar uno o más archivos introduzca los detalles debajo También puede adjuntar archivos arrastrándolos y soltándolos en el cuadro de mensaje.
Mensaje por pepesaiz » 15 Ene 2020 21:12
jrdc1 escribió:Buenas!pepesaiz escribió:Quiero sacar una Colt del 45 LC (ORIGINAL) en el libro, y usarla en alguna trada de Fuego central, son de Nitro no de PN, dado que esto es irreversible, cabe la posibilidad de que una vez guiada en AER en transferencias futuras las hagan pasar a F como ya ocurrió cuando se guiaban con AE?Si, se puede guiar en F un arma que previamente estaba en AER o en libro de coleccionista de réplicas. Si no había estado nunca en F, es posible que te pidan un certificado de arma deportiva expedido por tu federación.Y, por lo menos en mi intervención, tener una réplica guiada en AER equivale a tenerla en el libro, a efectos del mínimo de dos armas que forman una colección. Todas mis réplicas están en AER, y no me han dicho nada respecto a que no cumpla con la obligación de tener dos inscritas. De hecho pasé una revista especial del libro del coleccionista, con tres - creo - réplicas dadas de baja por paso a AER, y sin problemas.Respecto al documento de tiradas, a finales de año renuevo la AER. Ya os explicaré mis experiencias.Saludos
pepesaiz escribió:Quiero sacar una Colt del 45 LC (ORIGINAL) en el libro, y usarla en alguna trada de Fuego central, son de Nitro no de PN, dado que esto es irreversible, cabe la posibilidad de que una vez guiada en AER en transferencias futuras las hagan pasar a F como ya ocurrió cuando se guiaban con AE?
Mensaje por jrdc1 » 15 Ene 2020 21:06
Mensaje por juarez » 14 Ene 2020 18:12
pepesaiz escribió:Tras meter la pata en un privado soble como sacar una arma del Libro, poder usarla, y no perder la condición de Libro, pido perdón y aporto las siguientes "aclaraciones" y preguntas sin respuesta. Las propias Intervenciones están confusas ante el gran número de cambios en cuanto a la operatividad de las mismas. A LA HORA DE SOLICITAR LA AUTORIZACIÓN ESPECIAL DEL USO DE REPRODUCCIONES O REPLICAS DE ARMAS DE FUEGO ANTIGUAS, EN EL FUNDAMENTO DE LA SOLICITUD PIDEN QUE DIGA QUE ARMAS QUIERO SACAR DEL LIBRO DE COLECCIONISTA , perdón por las mayusculas, tengo el libro antiguo y todas están anotadas en el pero en las reediciones de Colt por la propia Colt en los 70 (entiendo reproducciones) me figuran como ORIGINALES, las pietta, Uberti... como REPRODUCCIONES algunas y como RÉPLICAS otras. Un lio.También la obligación de justificar una tirada al año y mantener mínimo 2 en el Libro. (adjunto un certificado que me hicieron llegar, Gracias)Quiero sacar una Colt del 45 LC (ORIGINAL) en el libro, y usarla en alguna trada de Fuego central, son de Nitro no de PN, dado que esto es irreversible, cabe la posibilidad de que una vez guiada en AER en transferencias futuras las hagan pasar a F como ya ocurrió cuando se guiaban con AE?Graciaspor si es de interés os digo lo que piden:Ejemplar OTRAS AUTORIZACIONES EN LAS INTERVENCIONES DE ARMAS Y EXPLOSIVOS.Apartado TRAMITES QUE SE SOLICITAN: AUTORIZACIÓN ESPECIAL DEL USO DE REPRODUCCIONES O REPLICAS DE ARMAS DE FUEGO ANTIGUAS.Apartado FUNDAMENTA LA PRESENTE SOLICITUD: USO DE LAS ARMAS DE REPRODUCCIONES O REPLICAS ANOTADAS EN EL LIBRO DE COLECCIONISTA : ( enumerar las armas Marca Calibre y Nº de Serie)Apartado DOCUMENTOS NECESARIOS: - Certificado de aptitudes Psicofísicas.-Licencia de Armas. Nota: si no hay F hay un examen especial.-Licencia Federativa.-fotocopia DNI-Justificante del pago de la tasa 790 (de momento 11,45)la AER no sustituye la AE, seguirán existiendo las 2. Con lo que los que tenemos un montón de licencias que, claro, no nos caducan al mismo tiempo...un montón de renovaciones y certificados médicos, a pasar por caja.Cuando ya tengas la AER y quieras sacar otra arma del libro no se que habrá que hacer..
Mensaje por pepesaiz » 14 Ene 2020 10:28
Mensaje por Calatravo » 02 Sep 2018 02:58
Mensaje por Amra » 01 Sep 2018 19:10
Mensaje por kernelsuse » 01 Sep 2018 15:32
Mensaje por Amra » 01 Sep 2018 10:11
kernelsuse escribió:Gracias Manchego, lo has dejado bien claro.Esperaremos a ver los acontecimientos. Anarma tenia previsto reunirse este mes y creo que uno de los puntos calientes era el coleccionismo. Lo mismo nos llevamos una sorpresa y se ponen de acuerdo con la licencia de coleccionista. Mejoraría mucho las cosas para las armas históricas.
Mensaje por kernelsuse » 01 Sep 2018 06:28
Mensaje por Amra » 31 Ago 2018 15:22
manchego2010 escribió:Por eso si alguien ha conservado las armas en AE después del cambio, cuando haya una nueva renovación porque la AE ha vencido, siempre cabe la posibilidad de que le exijan LCR o AER para mantener esas armas. Respecto a lo que yo digo, insisto en que se trata de aplicar la normativa vigente en el momento de la renovación
Mensaje por abranchadell » 31 Ago 2018 14:26
Mensaje por manchego2010 » 31 Ago 2018 12:56
abranchadell escribió:A todo ésto, yo lo único que he comentado es tu mención (manchego2010) al cambio de las guías existentes por considerar las anteriores erróneas, que digas lo que digas, no puede llevarse a cabo por el procedimiento de rectificación de errores previsto en la ley, una vez transcurrido el plazo de prescripción administrativa. En ningún momento he dicho nada respecto a que aleguen cambio de legislación al ir a renovar, esa es otra historia, con otra argumentación jurídica diferente.
Mensaje por abranchadell » 31 Ago 2018 09:25
Mensaje por manchego2010 » 30 Ago 2018 22:33
CX4_STORM escribió:manchego2010 escribió:jrdc1 escribió:los españoles no tenemos derecho al uso y disfrute de las armas; tenemos derecho a solicitar las licencias que nos permitan dichos uso y disfrute si cumplimos con la legislación vigente en cada momento.Pero eso se puede decir de todas las actividades sometidas a la intervención administrativa: cazar, pescar, conducir vehículos de motor, y un largo etcétera.Cierto, hasta para acostarse con una mujer hace facta un acta notarial que certifique el consentimiento para no convertirte en un delincuente.
manchego2010 escribió:jrdc1 escribió:los españoles no tenemos derecho al uso y disfrute de las armas; tenemos derecho a solicitar las licencias que nos permitan dichos uso y disfrute si cumplimos con la legislación vigente en cada momento.Pero eso se puede decir de todas las actividades sometidas a la intervención administrativa: cazar, pescar, conducir vehículos de motor, y un largo etcétera.
jrdc1 escribió:los españoles no tenemos derecho al uso y disfrute de las armas; tenemos derecho a solicitar las licencias que nos permitan dichos uso y disfrute si cumplimos con la legislación vigente en cada momento.
Mensaje por CX4_STORM » 30 Ago 2018 22:06
Mensaje por Indignado » 30 Ago 2018 21:36
Mensaje por manchego2010 » 30 Ago 2018 21:07
Mensaje por manchego2010 » 30 Ago 2018 20:42
abranchadell escribió:En cristiano ese artículo viene a decir que transcurrido el plazo de cuatro años (plazo general de prescripción de acciones) la Administración no puede rectificar ni revisar sus actos, por mal que estén.
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