Mensaje por jrdc1 » 22 Sep 2012 20:18
Buenas!
No es obligatorio ninguno. Es conveniente firmar un contrato de compraventa con los datos de los intervinientes y los del arma en cuestión, para que el comprador obtenga la tarjeta de armas, si es que su Ayuntamiento no es pejigueras. Si tienes el arma con tarjeta, no está de más que la des de baja en tu Ayuntamiento. Recuerda que no se pueden enviar por correos, y ya está.
Saludos
Buenas!
No es obligatorio ninguno. Es conveniente firmar un contrato de compraventa con los datos de los intervinientes y los del arma en cuestión, para que el comprador obtenga la tarjeta de armas, si es que su Ayuntamiento no es pejigueras. Si tienes el arma con tarjeta, no está de más que la des de baja en tu Ayuntamiento. Recuerda que no se pueden enviar por correos, y ya está.
Saludos