ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

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Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por PROFESIONAL » 10 Mar 2012 11:53

Así es.Y añado un par de enlaces juridicos para aportar mas luz
https://www.congreso.es/consti/constituc ... =18&tipo=2

https://noticias.juridicas.com/articulos ... 22490.html

si de algo adolece nuestra legislacion es precisamnete de contradicciones.En lugar de ponernoslo facil a los administrados, somos nosotros los que debemos aportar las soluciones. afortunadamente tenemos a ANARMA para asesorarnos.

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cactus29 » 09 Mar 2012 17:08

cgkas escribió:Bueno más leña al fuego!!!!!!!!!

Leida la senencia a la que hace mención el último comentario, se derroga el articulo 557 y se ampara bajo el articulo 18.2 (creo recordar) a las habitaciones de hotel, en definitiva, que mientras tengas una hab. alquilada es tu domicilio, así que salvo fragante delito o orden judicial, solo podrán acceder las FCSE con tu permiso.
Ahora bien, también el reglamento de armas es claro respecto a la custodia de las mismas en nuestros domicilios ARMERO GRADO III.

Y yo por el momento, y eso que voy a muchosssssssssssssssss hoteles, he visto ninguna hab. con un grado III como caja fuerte.

Saludos a todos


no os lieis.............si el hotel no tiene caja fuerte de nivel 3 es problema del hotel...........NO VUESTRO.

...........por otro lado, toda persona que haya sido INVITADA a entrar en tu habitacion de hotel, podra pasar sin problemas, sea o no FFCCSS......

.....es mas, si tu solicitas que NO entre ni la limpiadora, ESTA NO ENTRA.........

relajaos!!!!!! :mrgreen:

saludos!!

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 08 Mar 2012 21:31

Bueno más leña al fuego!!!!!!!!!

Leida la senencia a la que hace mención el último comentario, se derroga el articulo 557 y se ampara bajo el articulo 18.2 (creo recordar) a las habitaciones de hotel, en definitiva, que mientras tengas una hab. alquilada es tu domicilio, así que salvo fragante delito o orden judicial, solo podrán acceder las FCSE con tu permiso.
Ahora bien, también el reglamento de armas es claro respecto a la custodia de las mismas en nuestros domicilios ARMERO GRADO III.

Y yo por el momento, y eso que voy a muchosssssssssssssssss hoteles, he visto ninguna hab. con un grado III como caja fuerte.

Saludos a todos

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por PROFESIONAL » 08 Mar 2012 21:18

cgkas escribió:Buenas Marketia,

Mi cuestión tiene algún añadido que no he puesto en abierto por ser muy personal.

Pero estando apuntado en dos clubs, pues simplemente vas a tirar a uno u a otro (siempre dentro de tu comunidad federativa).

Lo de la munición no entro en recargas así que sería del campo si tiene servicio de munición o de la armeria pidiendo la ampliación de cupo.

No obtante en mi caso todas las dudas han sido resueltas por marchoso.

Para aquellos que necesiten aclarar alguna duda no me importa contestarles por MP

saludos

Me interesaria una informacion mas detallada.Soy de alicante y suelo ir a las GABIAS a los campeonatos de España.Se complica la cosa cuando son tres modalidades, o sea 4 dias de hotel.Si tengo que estar pegado a mis armas, pues no se como hacerlo.si voy a cenar, no me las dejaria en el maletero, pero tampoco debajo del colchon. Y eso de dejarlas depositadas en el campo de tiro de LAS GABIAS, como que no, salvo que se tenga padrino-compadre.Lo sé por que lo pregunté......complicado,complicado estar dentro de la legalidad.

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 08 Mar 2012 21:12

Muchas gracias !!!!!!!!!!!!!!!!

saludos

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cactus29 » 08 Mar 2012 21:00

cgkas escribió:
Artículo 557.
Las tabernas, casas de comidas, posadas y fondas no se reputarán como domicilio de los que se encuentren o residan en ellas accidental o temporalmente, y lo serán tan sólo de los taberneros, hosteleros, posaderos y fondistas que se hallen a su frente y habiten allí con sus familias en la parte del edificio a este servicio destinada[/color][/color].


ojo cgkas.............con tu permiso:

Artículo 557:
Declarado inconstitucional y derogado por Sentencia del Tribunal Constitucional n° 10/2002, de 17 de enero de 2002. Cuestión de inconstitucionalidad 2829/94. (B.O.E. nº 34, Suplemento, de 8 de febrero de 2002).

cuidado con estas cosas..... :wink:
un saludo!!!!

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 08 Mar 2012 20:45

Buenas Marketia,

Mi cuestión tiene algún añadido que no he puesto en abierto por ser muy personal.

Pero estando apuntado en dos clubs, pues simplemente vas a tirar a uno u a otro (siempre dentro de tu comunidad federativa).

Lo de la munición no entro en recargas así que sería del campo si tiene servicio de munición o de la armeria pidiendo la ampliación de cupo.

No obtante en mi caso todas las dudas han sido resueltas por marchoso.

Para aquellos que necesiten aclarar alguna duda no me importa contestarles por MP

saludos

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por marketia » 08 Mar 2012 20:31

Hola,

Yo pregunté en mi IA con motivo de un desplazamiento para una competición fuera de mi comunidad, y me dijeron "tendrá que mantener consigo el arma en el hotel en todo momento". [Por cierto, ni tocaron el que pudiera dejarla en la caja fuerte del hotel, pues no tiene por qué reunir las condiciones precisas],

Esto es, voy del hotel a la competición y la llevo normalmente (en su caja, etc). Voy desde mi casa al hotel, para ir al día siguiente a la competición, y lo mismo. Duermo en el hotel, pues con el arma (en su caja, etc), bien controlada en la habitación.

En cuanto a fuera de la comunidad, con la última imposición de la Nacional, todas o casi todas las territoriales tienen asimilado a nacional.

Si es algo periódico, y te cogen, veo complicado justificarlo. En Francia, yo hice algo parecido en vacaciones, pero iba al menos una o dos veces a la semana a tirar de verdad, y me daban un carné con la fecha de cada tirada. Supongo que podrían poner peros si tienes un arma y no justificas que efectivamente vas a tirar, pues no puedes llevarla contigo de otra manera. [aparte la cuestión de la munición]]

Saludos,

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 08 Mar 2012 20:11

Buenas a todos,

Os pego parte de la respuesta de marchoso al que agradezco su respuesta como aclaratoria para todos.

[color=#000080]Para poder contestar a este tipo de cuestiones peculiares siempre hay que rizar el rizo.
Es decir irnos a una ley de rango superior al reglamento.
Desde mi criterio te preguntaba que si salías de tu comunidad por el mero hecho de justificación deportiva en caso de pérdida de la guía de pertenencia o similar.
Es decir imagina que te desplazas a Córdoba o granada y solo pierdes la guía de partencia.
Como justificas la pérdida, sin embargo si posees la licencia Nacional pues si me desplazo para entrenar cuando tengo libre y se perdió.
Ello te podrá eximir de una posible sanción de 300€
Retomando el tema en cuestión, siempre cuando en una intervención de armas te van a realizar una inspección te insta con antelación bien para que te persones en la I.A o que van a pasar dentro de unos días.
[/color]
[color=#8000BF]Respecto a si puedes guardar el arma en la caja de seguridad del hotel.
Te adjunto párrafo de la ley de enjuiciamiento criminal, donde detalla lo que ampara a los jueces para un posible registro:
Artículo 557.
Las tabernas, casas de comidas, posadas y fondas no se reputarán como domicilio de los que se encuentren o residan en ellas accidental o temporalmente, y lo serán tan sólo de los taberneros, hosteleros, posaderos y fondistas que se hallen a su frente y habiten allí con sus familias en la parte del edificio a este servicio destinada[/color
].

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por Burbaies » 07 Mar 2012 22:56

...Ampliad por favor, la información para provincias diferentes.

...En mi caso me interesa para mis desplazamientos Baleares-Peninsula.

...Gracias.

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 07 Mar 2012 00:35

Gracias Marchoso.

Siento el mp pero hay información privada que a marchoso le puede ser util para recabar información pero no creo necesarios en foro abieto.
De todas formas comentaré la respuesta en el mismo post para que quede para todos.

saludos

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por marchoso » 07 Mar 2012 00:28

Recibido MP.
Preparo la Info y te la remito.
Un saludo.

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por CECOFE » 07 Mar 2012 00:22

Hola, veo una pregunta bastante interesante, si haceis el favor podeis decir la solucion para que sepamos, si se puede, si no se puede, si hay que comunicar algo, si se necesita que el hotel tenga caja fuerte determinada, etc, etc, por si algun dia se da el caso. Gracias. Un Saludo.

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 06 Mar 2012 23:54

Buenas marchoso.
No salgo de la comunidad, las localidades son valencia y alicante.

Te paso un MP y te doy más detalles

gracias

Re: ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por marchoso » 06 Mar 2012 23:35

Saludos SGkas.
Solo una pregunta ¿sales de la comunidad de tu federación?
Así podre orientarte mejor.
Un saludo

ARMA EN HOTEL COMO DOMICILIO

Mensaje por cgkas » 06 Mar 2012 20:48

Buenas noches!!!!!!!!!!

He estado leyendo algunos post que trataban algo parecido pero no exacto.
Supongamos que semanalmente paso dos noches en otra localidad distinta a la que estoy empadronado, donde resido y donde tengo mi armero, pero esas noches días los aprovecho para ir a entrenar / competir a un campo de tiro del que soy socio y que hago noche en un hotel.

En ese caso:
Debo comunicar algo a la IA?
Simplemente si me llegan a parar, digo que voy a entrenar al club tal y tal....
Debe cumplir el hotel algún requerimiento a nivel cajas fuertes?.

Y no hablamos de algo puntual sino de algo de todas las semanas del año (excepto vacaciones), es decir estas media semana en tu casa y media semana en el hotel y quieres poder entrenar cuando quieras, en una ciudad u otra.

Perdon!!!!!!!!!!!
desplazamientos en coche, distancia entre las localidades 150kms


Saludos y gracias

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