Mensaje por jrdc1 » 04 Ene 2008 22:43
Buenas!
Un fusil drilling será de 2ª categoría, 2 subcategoría. El comprador debería solicitar una licencia de importación, según lo establecido en el Art. 65 y ss. del vigente Reglamento de Armas español. Una vez autorizado, y no sé si se conceden autorizaciones a particulares, se procede al envío, que será retenido en aduanas hasta que la Guardia Civil autorice su despacho. Este se hará hasta la Intervención de Armas del comprador, que procederá a obtener una guía de pertenencia a su nombre. En caso de que la arma no lleve punzonado reconocido por el estado español, entre la aduana y la intervención deberá ser enviada al Banco Oficial de Pruebas de Eibar, en Guipúzkoa, para ser debidamente contrastada.
A todo eso, en España no puede circular por Correos, sino que debe ser transportada por alguna agencia habilitada al efecto.
Casi es más fácil llevarla puesta.
Saludos
Buenas!
Un fusil drilling será de 2ª categoría, 2 subcategoría. El comprador debería solicitar una licencia de importación, según lo establecido en el Art. 65 y ss. del vigente Reglamento de Armas español. Una vez autorizado, y no sé si se conceden autorizaciones a particulares, se procede al envío, que será retenido en aduanas hasta que la Guardia Civil autorice su despacho. Este se hará hasta la Intervención de Armas del comprador, que procederá a obtener una guía de pertenencia a su nombre. En caso de que la arma no lleve punzonado reconocido por el estado español, entre la aduana y la intervención deberá ser enviada al Banco Oficial de Pruebas de Eibar, en Guipúzkoa, para ser debidamente contrastada.
A todo eso, en España no puede circular por Correos, sino que debe ser transportada por alguna agencia habilitada al efecto.
Casi es más fácil llevarla puesta.
Saludos