EA4FSQ escribió:Cualquier cosa puede suceder hoy en día en una IA, y casi ninguna buena.
Hace pocas semanas llevé inutilizada una pistola Tokarev para expedir el correspondiente certificado, y a la vista del arma, el Interventor se negó a expedirlo porque:
1. El fresado no era del mismo tamaño que la ventana de expulsión
2. Al introducir un cartucho en la recamara, éste no se caía al mover la pistola.
Cuando le dije que el art. 108 del RA no dice nada de eso, se fue a buscarlo en el ordenador durante 15 minutos, lo leyó en voz alta, y no creáis que cambió su opinión.
Solución:
Volver otro día, que por suerte estaba otra persona que expidió el certificado sin el menor problema.
Saludos.
¿Ha realizado un fresado y encima más pequeño que la ventana? Eso es una chapuza.
El procedimiento "correcto":
1º Con un rotulador se marcan en el cañon los limites de la ventana expulsora.
2º Se quita el cañon y con la dremmel y sus discos de corte se corta por fuera del area pintada dejando un buen margen, se guarda el pedazo resultante.
3º Una vez que se tiene el certificado se vuele a quitar el cañon, se agarra un buen pedazo de masilla para metales (las tipicas barras de patex u otra marca ) se pone el pedazo de masilla en la recamara y se vuelve a poner el pedazo cortado en la fase 2.
4º Se vuelve a poner el cañon y voila queda una inutilización "decente" (una mierda, que inutilizar un arma es un crimen). Ya que los cortes no se aprecian (la parte maciza de la corredera los tapa) y el arma sigue inutilizada. Además ahora es imposible meter por accidente un cartucho y percutirlo ya que la masilla que se a puesto ciega la recamara en su totalidad.
Saludos
[quote="EA4FSQ"]Cualquier cosa puede suceder hoy en día en una IA, y casi ninguna buena.
Hace pocas semanas llevé inutilizada una pistola Tokarev para expedir el correspondiente certificado, y a la vista del arma, el Interventor se negó a expedirlo porque:
1. El fresado no era del mismo tamaño que la ventana de expulsión
2. Al introducir un cartucho en la recamara, éste no se caía al mover la pistola.
Cuando le dije que el art. 108 del RA no dice nada de eso, se fue a buscarlo en el ordenador durante 15 minutos, lo leyó en voz alta, y no creáis que cambió su opinión.
Solución:
Volver otro día, que por suerte estaba otra persona que expidió el certificado sin el menor problema.
Saludos.[/quote]
¿Ha realizado un fresado y encima más pequeño que la ventana? Eso es una chapuza.
El procedimiento "correcto":
1º Con un rotulador se marcan en el cañon los limites de la ventana expulsora.
2º Se quita el cañon y con la dremmel y sus discos de corte se corta por fuera del area pintada dejando un buen margen, se guarda el pedazo resultante.
3º Una vez que se tiene el certificado se vuele a quitar el cañon, se agarra un buen pedazo de masilla para metales (las tipicas barras de patex u otra marca ) se pone el pedazo de masilla en la recamara y se vuelve a poner el pedazo cortado en la fase 2.
4º Se vuelve a poner el cañon y voila queda una inutilización "decente" (una mierda, que inutilizar un arma es un crimen). Ya que los cortes no se aprecian (la parte maciza de la corredera los tapa) y el arma sigue inutilizada. Además ahora es imposible meter por accidente un cartucho y percutirlo ya que la masilla que se a puesto ciega la recamara en su totalidad.
Saludos