Mensaje por Farnacho » 25 Ene 2011 00:00
Buff, perdonadme pero a estas horas ya estoy un poco espeso y no entiendo nada:
Este documento es una Orden INT (¿será interior?) de 13 de enero de 2011, que sale publicada el 24 de enero de 2011, y habla del Reglamento de armas de 29 de enero de 1993 (o sea, ¿el que tenemos en vigor?). Se supone que es una Orden Ministerial que desarrolla el Reglamento de armas actualmente vigente, ¿no?
Dice que deroga una Orden de 2 de marzo de 1995.... es decir, "apaña" un tema 15 años y 10 meses después. ¿han tardado tanto en leer las alegaciones que se mencionan en el texto de la RFETO y otras federaciones?....
Dice que entrará en vigor a los 20 dias de su publicación en el BOE. En Procedimiento Administrativo se manejan dias hábiles (los sábados cuentan), de modo que la Orden entrará en vigor el 16 de febrero de 2011.
Me pregunto ¿Para qué demonios sacan esta orden con el nuevo reglamento en ciernes? ¿el nuevo reglamento no la derogará?
Y sigo: la firma directamente el ministro de interior, no la secretaria general técnica, ni ningún director general o similar. ¿Querrá decir eso algo? ¿Desautoriza Rubalcaba a los personajes que redactaron el borrador de proyecto de reglamento que ha sido "la madre de todos los retortijones de estómago"?.
Mejor me voy a consultarlo con la almohada...
Saludos
Buff, perdonadme pero a estas horas ya estoy un poco espeso y no entiendo nada:
Este documento es una Orden INT (¿será interior?) de 13 de enero de 2011, que sale publicada el 24 de enero de 2011, y habla del Reglamento de armas de 29 de enero de 1993 (o sea, ¿el que tenemos en vigor?). Se supone que es una Orden Ministerial que desarrolla el Reglamento de armas actualmente vigente, ¿no?
Dice que deroga una Orden de 2 de marzo de 1995.... es decir, "apaña" un tema 15 años y 10 meses después. ¿han tardado tanto en leer las alegaciones que se mencionan en el texto de la RFETO y otras federaciones?....
Dice que entrará en vigor a los 20 dias de su publicación en el BOE. En Procedimiento Administrativo se manejan dias hábiles (los sábados cuentan), de modo que la Orden entrará en vigor el 16 de febrero de 2011.
Me pregunto ¿Para qué demonios sacan esta orden con el nuevo reglamento en ciernes? ¿el nuevo reglamento no la derogará?
Y sigo: la firma directamente el ministro de interior, no la secretaria general técnica, ni ningún director general o similar. ¿Querrá decir eso algo? ¿Desautoriza Rubalcaba a los personajes que redactaron el borrador de proyecto de reglamento que ha sido "la madre de todos los retortijones de estómago"?.
Mejor me voy a consultarlo con la almohada...
Saludos