Mensaje por javichin1991 » 20 Dic 2010 17:45
Recalco las palabras de Marchoso, los que poseen armas largas semiautomaticas con cargador extraible ya guiadas, no las perderan, si el reglamento sigue adelante, lo que deberan hacer es demostrar que su cargador solo permite albergar dos cartuchos. En el caso de los cargadores de rifle, se pueden adoptar soluciones técnicas que hacen que el taco limitador no se pueda retirar.
Con lo respecto a las propuestas de Sinuarma, espero no ofenderte, de verdad que no es mi intención, pero es mejor no hablar alegremente de extravagantes soluciones técnicas, menos aun cuando tu personalmente afirmas no poseer ninguna arma afectada, en un momento tan delicado en el que la propiedad de muchos puede estar afectada.
Te pongo como ejemplo suave (la propuesta de soldar los cargadores al armazon ademas de absurda, es tecnicamente inviable para un manejo correcto del rifle), la propuesta de entregar cargadores de alta capacidad, para empezar los cargadores no son partes fundamentales (ni siquiera en el nuevo reglament), se pueden poseer los que se quiern con fines de coleccionismo. Un usuario de un rifle semiautomatico, puede poseer los que quiera mientras no ensamble uno de alta capacidad en el rifle.
Por cierto, que debemos ser mas rigurosos cuando hablamos o damos datos, en los EEUU (y hablo por experiencia) en el periodo que la ley clinton estuvo vigente y se limito la capacidad de los cargadores a 10 cartuchos, NUNCA HUBO QUE ENTREGAR A NINGUNA AUTORIDAD NINGUN CARGADOR DE ALTA CAPACIDAD. Todos aquellos fabricados antes de la entrada en vigor de la ley siguieron siendo legales , de hecho habia tal cantidad de cargadores de alta capacidad (los fabricantes de cargadores hicieron turnos de 24 horas en los meses previos a la ley) , que se podia haber surtido el mercado de haber continuado la prohibición otros diez años mas.
Saludos,
Recalco las palabras de Marchoso, los que poseen armas largas semiautomaticas con cargador extraible ya guiadas, no las perderan, si el reglamento sigue adelante, lo que deberan hacer es demostrar que su cargador solo permite albergar dos cartuchos. En el caso de los cargadores de rifle, se pueden adoptar soluciones técnicas que hacen que el taco limitador no se pueda retirar.
Con lo respecto a las propuestas de Sinuarma, espero no ofenderte, [b] de verdad que no es mi intención[/b], pero es mejor no hablar alegremente de extravagantes soluciones técnicas, menos aun cuando tu personalmente afirmas no poseer ninguna arma afectada, en un momento tan delicado en el que la propiedad de muchos puede estar afectada.
Te pongo como ejemplo suave (la propuesta de soldar los cargadores al armazon ademas de absurda, es tecnicamente inviable para un manejo correcto del rifle), la propuesta de entregar cargadores de alta capacidad, para empezar los cargadores no son partes fundamentales (ni siquiera en el nuevo reglament), se pueden poseer los que se quiern con fines de coleccionismo. Un usuario de un rifle semiautomatico, puede poseer los que quiera mientras no ensamble uno de alta capacidad en el rifle.
Por cierto, que debemos ser mas rigurosos cuando hablamos o damos datos, en los EEUU (y hablo por experiencia) en el periodo que la ley clinton estuvo vigente y se limito la capacidad de los cargadores a 10 cartuchos, NUNCA HUBO QUE ENTREGAR A NINGUNA AUTORIDAD NINGUN CARGADOR DE ALTA CAPACIDAD. Todos aquellos fabricados antes de la entrada en vigor de la ley siguieron siendo legales , de hecho habia tal cantidad de cargadores de alta capacidad (los fabricantes de cargadores hicieron turnos de 24 horas en los meses previos a la ley) , que se podia haber surtido el mercado de haber continuado la prohibición otros diez años mas.
Saludos,