Mensaje por meatonthetable » 20 Nov 2007 15:43
Fuenteovejuna, realmente lo tenéis muy mal...
mi primer consejo es que consultéis con un abogado, pues aunque entiendo un poquito de estos temas, no soy un profesional del derecho, y un letrado os podrá orientar de forma más cierta y mejor que yo.
lo segundo, por lo que narras, tu amigo ha recurrido ante el contencioso adiministrativo una sanción que implicaba la retirada del arma y una sanción administrativa ¿no? y ha perdido el recurso, y el Magistrado seguramente habrá ratificado dicha sanción ¿no?
establecido ésto, te pongo este artículo del régiemn sancionador, contenido en el RD 137/1993:
Artículo 158.
1. La retirada de las armas implica la desposesión de las mismas y la prohibición de la adquisición y tenencia de otras durante el plazo que se determine, que no podrá exceder de dos años.
es decir que tu amigo ha perdido TODO derecho que tiene sobre esa carabina, que recibirá el destino que la correspondiente IA decida, ya sea su depósito durante X años, su salida a subasta de armas o su destrucción.
te ruego que no te fíes al 100% de lo que te digo y que acudas a un abogado, pero en mi opinión personal, creo que es una causa perdida...
suerte.
Fuenteovejuna, realmente lo tenéis muy mal...
mi primer consejo es que consultéis con un abogado, pues aunque entiendo un poquito de estos temas, no soy un profesional del derecho, y un letrado os podrá orientar de forma más cierta y mejor que yo.
lo segundo, por lo que narras, tu amigo ha recurrido ante el contencioso adiministrativo una sanción que implicaba la retirada del arma y una sanción administrativa ¿no? y ha perdido el recurso, y el Magistrado seguramente habrá ratificado dicha sanción ¿no?
establecido ésto, te pongo este artículo del régiemn sancionador, contenido en el RD 137/1993:
[b]Artículo 158.
1. La retirada de las armas implica la desposesión de las mismas y la prohibición de la adquisición y tenencia de otras durante el plazo que se determine, que no podrá exceder de dos años.[/b]
es decir que tu amigo ha perdido TODO derecho que tiene sobre esa carabina, que recibirá el destino que la correspondiente IA decida, ya sea su depósito durante X años, su salida a subasta de armas o su destrucción.
te ruego que no te fíes al 100% de lo que te digo y que acudas a un abogado, pero en mi opinión personal, creo que es una causa perdida...
suerte.