Mensaje por marchoso » 04 Sep 2010 15:22
Saludos compañeros, con vuestro permiso vamos a poner un poco de coherencia al hilo:
Para mi buen amigo Marro:
Tal como maniefiestas con las escopetas si puedes hacerlo, es decir tu compras una escopeta en cordoba y sacas guia de circulacion y puedes guiarla en leon cuando te lo aprueben en A.
Con la F no, pues no lo contempla la GC, es decir yo compro una pistola en mi localidad y no me la entregan en la armeria bajo ningun concepto hasta que no este guiada a mi nombre y sin embargo una escopeta me la precintan y la puedo llevar a la I.a de otra provincia para que me expidan la correspondiente guia de pertenencia.
Que es lo que ocurre con las armas cortas, primero entran calificadas en 1º categoria y para la GC mata mas que cualquier otra arma e incluso mas que un 338 lapua Magnum.
En 2º lugar en convenio que tienen de retribucion con la imperiosa Seur, si lo permite quien paga y x tanto no recaudan.
Y por tercero y mas importante al quedar vacia de titularidad en ese arma para quien va la responsabilidad, paso a describir este concepto.
Compras el arma en cordoba y te la precintan para que te la lleves a leon,, bien en el camino sufres un accidente"" puede ocurrir,, si es grave donde va el arma si el que te socorre se la lleva o sale disparada del vehiculo al colisionar " Es dractico pero puede ocurrir". Otra simulacion x causa facticas al repostar te enccañonan y te roban el vehiculo, todavia quienn es el titular del arma segun GC, pues a ti no te han aprobado la concepcion de la nueva guia.
en fin puede ocurrir cualquier pensamiento retorcido.
Yo me pregunto,, tambien le puede ocurrir a seur o quizas con mayor facilidad,, pues para ellos es un simple trabajo,,,Pero que ocurre que con ellos recaudan y con nosotros no tanto.
Un saludo marro.
Saludos compañeros, con vuestro permiso vamos a poner un poco de coherencia al hilo:
Para mi buen amigo Marro:
Tal como maniefiestas con las escopetas si puedes hacerlo, es decir tu compras una escopeta en cordoba y sacas guia de circulacion y puedes guiarla en leon cuando te lo aprueben en A.
Con la F no, pues no lo contempla la GC, es decir yo compro una pistola en mi localidad y no me la entregan en la armeria bajo ningun concepto hasta que no este guiada a mi nombre y sin embargo una escopeta me la precintan y la puedo llevar a la I.a de otra provincia para que me expidan la correspondiente guia de pertenencia.
Que es lo que ocurre con las armas cortas, primero entran calificadas en 1º categoria y para la GC mata mas que cualquier otra arma e incluso mas que un 338 lapua Magnum.
En 2º lugar en convenio que tienen de retribucion con la imperiosa Seur, si lo permite quien paga y x tanto no recaudan.
Y por tercero y mas importante al quedar vacia de titularidad en ese arma para quien va la responsabilidad, paso a describir este concepto.
Compras el arma en cordoba y te la precintan para que te la lleves a leon,, bien en el camino sufres un accidente"" puede ocurrir,, si es grave donde va el arma si el que te socorre se la lleva o sale disparada del vehiculo al colisionar " Es dractico pero puede ocurrir". Otra simulacion x causa facticas al repostar te enccañonan y te roban el vehiculo, todavia quienn es el titular del arma segun GC, pues a ti no te han aprobado la concepcion de la nueva guia.
en fin puede ocurrir cualquier pensamiento retorcido.
Yo me pregunto,, tambien le puede ocurrir a seur o quizas con mayor facilidad,, pues para ellos es un simple trabajo,,,Pero que ocurre que con ellos recaudan y con nosotros no tanto.
Un saludo marro.