Mensaje por ChusMa » 18 Ago 2010 23:59
¿me dejais meter mi cucharilla en esta sopa? Entonces vayamos por partes: El BOE nº 55 del lunes 6 de marzo de 1995, pagina 7535, publica el Anexo-relación de Armas consideradas de concurso, en el que el calibre maximo de fusil es 8 mm. Por lo tanto no debieran ser guiados con licencia F "de concurso" rifles o usando la palabra española, fusiles de calibre superior.Por el contrario en calibres de caza, entiendo no existe otra limitación que la prohibición de uso de calibres que permitan la "munición de guerra". Y obviamente, exigen que se tenga la licencia de caza mayor.Dentro de esta licencia se contempla cualquier caza considerada mayor, desde jabalis hasta elefantes y rinocerontes africanos, o tigres de Bengala, por lo que discrepo de la prohibición a que alude el amigo Rapaz al respecto de los calibres de caza mayor.
Y ahora vamos a poner un ejemplo claro, que no ocurre pero que legalmente es lo correcto y que no se cumple por la permisividad a que alude Marchoso, existe en las Federaciones y clubes de tiro. Imaginemos la Federación autonómica de Villaconejos de Arriba, de la cual yo soy su Presidente, y como soy muy escrupuloso de mi cargo y del cumplimiento de la Ley, pues como que no dejo se utilicen en nuestras galerias de tiro, armas que no estén amparadas con la licencia F, de armas de concurso, por lo que prohibo terminantemente que los fusiles de calibres superiores a 8 mm. se usen en nuestras galerias. Y esto es correcto de acuerdo con Reglamento. Tambienprohibo que se facilite munición a aquellos que no presenten las guias de armas para las que se quiera adquirir munición, exigiendo que se controlen los disparos que se realizan en nuestras canchas de tiro para que nadie saque fuera de las galerias munición sobrante, la que deberán entregar en consejeria mediante el oportuno recibo que se extenderá a nombre del beneficiario de la munición. ¡Joder que cabrito que soy, verdad?! Pero la Ley es la Ley y punto pelota. Ya sé que me van a decir aquellos socios que tengan fusiles guiados con la D, que quieren poner a punto sus fusiles en las galerias, pero como lo se, tengo la respuesta preparada: Id a la Federación de Caza y que os abra una galeria de su propiedad para que pongais los rifles a punto. Esta federación que yo gestiono es de Tiro de Precisión y no de Caza, así que cada palo aguante su vela. ¿Veis algún problema en la guia de las armas a que os referis? Lo que ocurre es que a un Reglamento con muchas lagunas, las IA´s le intentan con su buena voluntad dar una solución para ciertos casos y la gente, incomprensiblemente, no hace otra cosa que quejarse, y quejarse, y quejarse. Esperemos que el nuevo reglamento obvie estos problemas y ponga las cosas en su sitio de una manera coherente y clara, aunque supongo que es mucho pedir, pero si lo hacen bien no debiera haber problemas.
¿me dejais meter mi cucharilla en esta sopa? Entonces vayamos por partes: El BOE nº 55 del lunes 6 de marzo de 1995, pagina 7535, publica el Anexo-relación de Armas consideradas de concurso, en el que el calibre maximo de fusil es 8 mm. Por lo tanto no debieran ser guiados con licencia F "de concurso" rifles o usando la palabra española, fusiles de calibre superior.Por el contrario en calibres de caza, entiendo no existe otra limitación que la prohibición de uso de calibres que permitan la "munición de guerra". Y obviamente, exigen que se tenga la licencia de caza mayor.Dentro de esta licencia se contempla cualquier caza considerada mayor, desde jabalis hasta elefantes y rinocerontes africanos, o tigres de Bengala, por lo que discrepo de la prohibición a que alude el amigo Rapaz al respecto de los calibres de caza mayor.
Y ahora vamos a poner un ejemplo claro, que no ocurre pero que legalmente es lo correcto y que no se cumple por la permisividad a que alude Marchoso, existe en las Federaciones y clubes de tiro. Imaginemos la Federación autonómica de Villaconejos de Arriba, de la cual yo soy su Presidente, y como soy muy escrupuloso de mi cargo y del cumplimiento de la Ley, pues como que no dejo se utilicen en nuestras galerias de tiro, armas que no estén amparadas con la licencia F, de armas de concurso, por lo que prohibo terminantemente que los fusiles de calibres superiores a 8 mm. se usen en nuestras galerias. Y esto es correcto de acuerdo con Reglamento. Tambienprohibo que se facilite munición a aquellos que no presenten las guias de armas para las que se quiera adquirir munición, exigiendo que se controlen los disparos que se realizan en nuestras canchas de tiro para que nadie saque fuera de las galerias munición sobrante, la que deberán entregar en consejeria mediante el oportuno recibo que se extenderá a nombre del beneficiario de la munición. ¡Joder que cabrito que soy, verdad?! Pero la Ley es la Ley y punto pelota. Ya sé que me van a decir aquellos socios que tengan fusiles guiados con la D, que quieren poner a punto sus fusiles en las galerias, pero como lo se, tengo la respuesta preparada: Id a la Federación de Caza y que os abra una galeria de su propiedad para que pongais los rifles a punto. Esta federación que yo gestiono es de Tiro de Precisión y no de Caza, así que cada palo aguante su vela. ¿Veis algún problema en la guia de las armas a que os referis? Lo que ocurre es que a un Reglamento con muchas lagunas, las IA´s le intentan con su buena voluntad dar una solución para ciertos casos y la gente, incomprensiblemente, no hace otra cosa que quejarse, y quejarse, y quejarse. Esperemos que el nuevo reglamento obvie estos problemas y ponga las cosas en su sitio de una manera coherente y clara, aunque supongo que es mucho pedir, pero si lo hacen bien no debiera haber problemas.