Mensaje por Joseann » 03 Jul 2010 00:07
Pacoelteo ha escrito:
"otra preguntilla los que tenemos mas de 5 rifles que debemos de hacer ¿vender los que nos sobran?. Ya veis las diferencias, los americanos abren el mercado y aqui a apretar mas el nudo de la soga."
Yo lo que no entiendo es el porqué de 5 y no de 7 o de 10 rifles. Esto de limitar el número de rifles a mi entender es un solemne sinsentido. ¿Que sentido tiene tal limitación?. ¿Existe mayor peligrosidad en una persona que tenga 7 rifles, respecto de otra que tenga 5?. Evidentemente no. Esta POSIBLE limitación (pues no olvidemos que el globo sonda que se ha publicado, aún NO es el nuevo Reglamento) para lo único que sirve es para disminuir el número de ventas en el sector armero y perjudicarlo claramente, amén de tocarnos los santísimos, a tiradores y cazadores sin ningún motivo justificado. A veces parece que a "alguien" por esas instancias lo que le realiza es "limitar y prohibir"...; limitar y prohibir son dos actitudes que se ponen en marcha cuando es necesario, en este caso, lo que recuerda es más a un capricho sin sentido alguno, y en todo caso innecesariamente perjudicial, más que a una necesidad.
Volviendo a la pregunta que hacía nuestro compañero, lo que sería más lógico (partiendo de lo poco lógico de la medidas en todo caso), es que se respetase la NO retroactividad de la aplicación de la norma. No veo yo muy claro, que esté dentro de la legalidad obligar a alguien a "deshacerse" por narices de una parte de su propiedad privada, o patrimonio. Con lo que permitir conservar esas armas a sus legítimos propietarios, sería lo menos lexivo para los derechos de los mismos. La limitación podría afectar en el peor de los casos a quienes aún no tiene esos 5, 7 ó 10 rifles, estableciéndose estas cifras limitatorias como techo a la tenencia de armas largas rayadas en este último caso.
No obstante, según tengo entendido, por leído y oído, existen varios colectivos que se verían directamente perjudicados, que ya disponen del correspondiente asesoramiento jurídico en previsión de tener que defender sus derechos e intereses ante los tribunales de justicia, colectivos me refiero al margen de la Asociación Armera, que según tengo entendido también, cuenta con tal asesoramiento.
Enfín, espero que finalmente de quienes depende todo esto, nos den una lección de cordura, lógica y bien hacer y finalmente la sensatez y la mejor de las voluntades, reinen sobre todo este asunto.
Saludos a todos
Joseann
Pacoelteo ha escrito:
"[i]otra preguntilla los que tenemos mas de 5 rifles que debemos de hacer ¿vender los que nos sobran?. Ya veis las diferencias, los americanos abren el mercado y aqui a apretar mas el nudo de la soga[/i]."
Yo lo que no entiendo es el porqué de 5 y no de 7 o de 10 rifles. Esto de limitar el número de rifles a mi entender es un solemne sinsentido. ¿Que sentido tiene tal limitación?. ¿Existe mayor peligrosidad en una persona que tenga 7 rifles, respecto de otra que tenga 5?. Evidentemente no. Esta POSIBLE limitación ([i]pues no olvidemos que el globo sonda que se ha publicado, aún NO es el nuevo Reglamento)[/i] para lo único que sirve es para disminuir el número de ventas en el sector armero y perjudicarlo claramente, amén de tocarnos los santísimos, a tiradores y cazadores sin ningún motivo justificado. A veces parece que a "alguien" por esas instancias lo que le realiza es "limitar y prohibir"...; limitar y prohibir son dos actitudes que se ponen en marcha cuando es necesario, en este caso, lo que recuerda es más a un capricho sin sentido alguno, y en todo caso innecesariamente perjudicial, más que a una necesidad.
Volviendo a la pregunta que hacía nuestro compañero, lo que sería más lógico (partiendo de lo poco lógico de la medidas en todo caso), es que se respetase la NO retroactividad de la aplicación de la norma. No veo yo muy claro, que esté dentro de la legalidad obligar a alguien a "deshacerse" por narices de una parte de su propiedad privada, o patrimonio. Con lo que permitir conservar esas armas a sus legítimos propietarios, sería lo menos lexivo para los derechos de los mismos. La limitación podría afectar en el peor de los casos a quienes aún no tiene esos 5, 7 ó 10 rifles, estableciéndose estas cifras limitatorias como techo a la tenencia de armas largas rayadas en este último caso.
No obstante, según tengo entendido, por leído y oído, existen varios colectivos que se verían directamente perjudicados, que ya disponen del correspondiente asesoramiento jurídico en previsión de tener que defender sus derechos e intereses ante los tribunales de justicia, colectivos me refiero al margen de la Asociación Armera, que según tengo entendido también, cuenta con tal asesoramiento.
Enfín, espero que finalmente de quienes depende todo esto, nos den una lección de cordura, lógica y bien hacer y finalmente la sensatez y la mejor de las voluntades, reinen sobre todo este asunto.
Saludos a todos
Joseann