PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

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Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por marroyol » 19 May 2010 21:29

CaballeroDiez escribió:Pido disculpas a marroyol y a todo el que le moleste que haya puesto este tema varias veces. Mi intención tan sólo era que me respondiera gente distinta que suela acceder con frecuencia a determinadas secciones y por ello esté especializada en este tema. Un saludo y gracias por vuestras respuestas.

No me molesta, pero da la impresión de que no te fías de lo que te hemos contestado

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por pablo1984 » 16 May 2010 22:50

Aqui casi siempre somos los mismos, como experiencia te diré que si lo pones varias veces te los borraran y la gente no te contestara, pues solemos estar siempre por casi todos los subforos, saludos

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por CaballeroDiez » 16 May 2010 22:47

Pido disculpas a marroyol y a todo el que le moleste que haya puesto este tema varias veces. Mi intención tan sólo era que me respondiera gente distinta que suela acceder con frecuencia a determinadas secciones y por ello esté especializada en este tema. Un saludo y gracias por vuestras respuestas.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por pablo1984 » 16 May 2010 22:43

Oscar1975 escribió:
pablo1984 escribió:PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!


Eso me lo sé pablo, que es de la ley org 2/86 jeje, hala a estudiar.

Oscar.

2/1986 de 13 marzo LOFCS lo he leido y reeleido y releido tantas veces que lo recito como el padre nuestro.

ale ahora el CNP.

El CNP es un instituto armado de naturaleza civil, dependiente unicamente del ministerio del interior.

Venga un poquito mas el CNP nace de la union del cuerpo superior de policia y de la policia nacional. si es que me lanzo me lanzo... :mrgreen: :mrgreen:

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por Oscar1975 » 16 May 2010 22:40

pablo1984 escribió:PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!


Eso me lo sé pablo, que es de la ley org 2/86 jeje, hala a estudiar.

Oscar.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por pablo1984 » 16 May 2010 15:45

Este post parece que está en fuego automatico, me meta donde me meta del foro veo el dichoso post.

Si, puedes llevar el arma donde quieras.

PD: La guardia civil es un instituto armado de naturaleza militar, dependiente del ministerio del interior y del ministerio de defensa. Y durante el estado de sitio o en tiempo de guerra dependiente solamente del ministerio de defensa, eso solo como apunte!! suerte!!

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por Oscar1975 » 16 May 2010 15:28

Marroyol parece una famosa paseándose por todos los platos de los programas de corazón jejeje. Si por mucho que lo preguntes como no tengas el empleo de cabo 1º especialista de la Armada o a partir de sargento, no puedes tener ni portar un arma corta. Bueni si tienes la B si y si tienes la F la puedes llevar en su maletín desde tu casa al club de tiro y viceversa. Pero creo que no vas a poder llevar una pistola para defensa personal, preguntes las veces que preguntes.

Oscar.

Re: PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por marroyol » 16 May 2010 14:51

Y esta es la cuarta vez que lo preguntas

PORTAR ARMAS DE FUEGO POR LA CALLE

Mensaje por CaballeroDiez » 15 May 2010 22:27

Buenas. Mi pregunta es si aquellos militares que posean la licencia A de tiro pueden portar un arma de fuego corta por la calle, no estando de servicio obviamente. Quiero recordar que los guardias civiles también son militares. Gracias por adelantado.

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