Mensaje por Jose1963 » 07 Jun 2019 18:19
Chinchu escribió:Jose1963 escribió:Navigo2006 escribió:El otro día me puse en comunicación con la intervención de armas de mi ciudad, quería informarme para conseguir un libro de coleccionista, para armas de fogueo, y me dijeron que ya no se expiden, sabéis algo sobre eso? Un saludo
Para comprar "armas" detonadoras nuevas en armeria o usadas de particular ( siempre que las tengan ya registradas en la IA.) no necesitas el libro de coleccionista si tienes en vigor una licencia de armas de cualquier tipo te vale con eso.
Hola,
Creo que eso ha cambiado o, al menos, la Norma no dice eso:
Orden INT/1008/2017, de 3 de julio, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las pistolas y los revólveres detonadores.
Artículo 5. Adquisición de pistolas y revólveres detonadores en establecimientos autorizados.
1. Las pistolas y revólveres detonadores solo se podrán adquirir por personas físicas o jurídicas que justifiquen la necesidad de su tenencia y uso para las finalidades recogidas en el artículo 3, así como por titulares de licencias de armas de fuego para su uso en las actividades a que se refieren los párrafos a), b), c) y d) del apartado 2.
2. Para la adquisición de pistolas y revólveres detonadores en los establecimientos a que se refiere el artículo anterior, en caso de que su titularidad vaya a ostentarse por una persona física deberá acreditar la mayoría de edad mediante la exhibición del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, la tarjeta de identidad de extranjero; en el caso de que se trate de una persona jurídica, la exhibición corresponderá al representante de la misma.
Asimismo se deberá aportar la siguiente documentación:
a) En caso de que el arma vaya a emplearse en actividades deportivas, original y fotocopia del documento justificativo de dicho uso emitido por una federación deportiva, un club deportivo o una asociación o entidad con fines deportivos.
b) En caso de que el arma vaya a emplearse para el adiestramiento canino profesional, original y fotocopia del documento justificativo de dicha actividad emitido por la asociación nacional de adiestradores caninos, una federación de caza o una federación cinológica.
c) En caso de que el arma vaya a utilizarse en un espectáculo público o actividad recreativa, original y fotocopia de la autorización de su celebración por la autoridad respectiva.
d) En caso de que el arma vaya a utilizarse en filmaciones cinematográficas y artes escénicas, certificación emitida por el director o productor de la filmación u obra, acreditativa de su realización y del necesario uso de dichas armas en la misma.
e) En caso de que el arma vaya a tenerse con fines de coleccionismo, original y fotocopia de la autorización de coleccionista regulada en el artículo 8.
f) En caso de que el arma vaya a ser empleada en las actividades de los párrafos a), b), c) y d) y se disponga de licencia de armas de fuego, original de la misma.
Pues nada, pediré cita el lunes para entregar mis detonadoras en mi IA y que me las den de baja.....
[quote="Chinchu"][quote="Jose1963"][quote="Navigo2006"]El otro día me puse en comunicación con la intervención de armas de mi ciudad, quería informarme para conseguir un libro de coleccionista, para armas de fogueo, y me dijeron que ya no se expiden, sabéis algo sobre eso? Un saludo[/quote]
Para comprar "armas" detonadoras nuevas en armeria o usadas de particular ( siempre que las tengan ya registradas en la IA.) no necesitas el libro de coleccionista si tienes en vigor una licencia de armas de cualquier tipo te vale con eso.[/quote]
Hola,
Creo que eso ha cambiado o, al menos, la Norma no dice eso:
[color=#0000BF]
[b]Orden INT/1008/2017, de 3 de julio, por la que se desarrolla el régimen aplicable a las pistolas y los revólveres detonadores.[/b]
Artículo 5. Adquisición de pistolas y revólveres detonadores en establecimientos autorizados.
1. Las pistolas y revólveres detonadores solo se podrán adquirir por personas físicas o jurídicas que justifiquen la necesidad de su tenencia y uso para las finalidades recogidas en el artículo 3, así como por titulares de licencias de armas de fuego para su uso en las actividades a que se refieren los párrafos a), b), c) y d) del apartado 2.
2. Para la adquisición de pistolas y revólveres detonadores en los establecimientos a que se refiere el artículo anterior, en caso de que su titularidad vaya a ostentarse por una persona física deberá acreditar la mayoría de edad mediante la exhibición del documento nacional de identidad en vigor o, en su caso, la tarjeta de identidad de extranjero; en el caso de que se trate de una persona jurídica, la exhibición corresponderá al representante de la misma.
Asimismo se deberá aportar la siguiente documentación:
a) En caso de que el arma vaya a emplearse en actividades deportivas, original y fotocopia del documento justificativo de dicho uso emitido por una federación deportiva, un club deportivo o una asociación o entidad con fines deportivos.
b) En caso de que el arma vaya a emplearse para el adiestramiento canino profesional, original y fotocopia del documento justificativo de dicha actividad emitido por la asociación nacional de adiestradores caninos, una federación de caza o una federación cinológica.
c) En caso de que el arma vaya a utilizarse en un espectáculo público o actividad recreativa, original y fotocopia de la autorización de su celebración por la autoridad respectiva.
d) En caso de que el arma vaya a utilizarse en filmaciones cinematográficas y artes escénicas, certificación emitida por el director o productor de la filmación u obra, acreditativa de su realización y del necesario uso de dichas armas en la misma.
[b][u]e) En caso de que el arma vaya a tenerse con fines de coleccionismo, original y fotocopia de la autorización de coleccionista regulada en el artículo 8.
[/u][/b]
f) En caso de que el arma vaya a ser empleada en las actividades de los párrafos a), b), c) y d) y se disponga de licencia de armas de fuego, original de la misma.[/color][/quote]
Pues nada, pediré cita el lunes para entregar mis detonadoras en mi IA y que me las den de baja.....