Mensaje por Buen_tirador » 01 Mar 2009 02:15
[citando a: ferranc]
Me centro en la licencia F. Sólo está permitido portar el arma entre la vivienda del dueño y la galería habitual. Supongo que para llevarla en coche, tren o avión a la galería de otra ciudad habrá que solicitar una Guía de Circulación. ¿Estoy en lo cierto?.
Y la galeria habitual no. No nos confundamos.
Tu puedes transportar tu arma por todo el territorio nacional, siempre que vayas o vengas de una competicion o de un entrenamiento en una galeria de tiro autorizada o lo puedas demostrar.
No puedes llevar la pistola cargada y en la cintura o en la guantera del coche como defensa personal.
Pero si tienes tu correspondiente Tarjeta Federativa Nacional y vas a una competicion o vienes de ella, tu puedes viajar con tu arma, sea corta o larga, en su correspondiente estuche y sin municion en su cargador y sin municion en el vehiculo, salvo que tengas una Autorizacion de Aumento de Cupo de Municion, o Autorizacion de Recarga de Munición Metalica, con la cual podras transportar un maximo de 150 o 200 cartuchos, segun viajes con un arma corta o larga, pues el deposito maximo de municion es de 150 cartuchos de arma corta o 200 de arma larga. Siempre, desde tu domicilio a la galeria de tiro y no a la inversa, es decir estas autorizado a llevar a la galeria de tiro la municion, pero no a sacarla de la galeria de tiro y llevartela a tu casa. Lo pone expresamente en dichos documentos.
Si tienes la Autorización de Aumento de Cupo de Municion, por supuesto, tendras que comprar la municion en la Armeria y llevarla a tu domicilio y a la Galeria de Tiro, cosa normal y logica.
Espero haberte aclarado algo.
Un saludo al foro
[quote][citando a: ferranc]
Me centro en la licencia F. Sólo está permitido portar el arma entre la vivienda del dueño y la galería habitual. Supongo que para llevarla en coche, tren o avión a la galería de otra ciudad habrá que solicitar una Guía de Circulación. ¿Estoy en lo cierto?.[/quote]
Y la galeria habitual no. No nos confundamos.
Tu puedes transportar tu arma por todo el territorio nacional, siempre que vayas o vengas de una competicion o de un entrenamiento en una galeria de tiro autorizada o lo puedas demostrar.
No puedes llevar la pistola cargada y en la cintura o en la guantera del coche como defensa personal.
Pero si tienes tu correspondiente Tarjeta Federativa Nacional y vas a una competicion o vienes de ella, tu puedes viajar con tu arma, sea corta o larga, en su correspondiente estuche y sin municion en su cargador y sin municion en el vehiculo, salvo que tengas una Autorizacion de Aumento de Cupo de Municion, o Autorizacion de Recarga de Munición Metalica, con la cual podras transportar un maximo de 150 o 200 cartuchos, segun viajes con un arma corta o larga, pues el deposito maximo de municion es de 150 cartuchos de arma corta o 200 de arma larga. Siempre, desde tu domicilio a la galeria de tiro y no a la inversa, es decir estas autorizado a llevar a la galeria de tiro la municion, pero no a sacarla de la galeria de tiro y llevartela a tu casa. Lo pone expresamente en dichos documentos.
Si tienes la Autorización de Aumento de Cupo de Municion, por supuesto, tendras que comprar la municion en la Armeria y llevarla a tu domicilio y a la Galeria de Tiro, cosa normal y logica.
Espero haberte aclarado algo.
Un saludo al foro