Mensaje por torpedo1936 » 21 Oct 2020 14:34
Me lo acabo de leer, y, en primer lugar, me da la impresión de que han hecho un "truco" para hacer pasar la respuesta del responsable de la IA de la ciudad en cuestión por una respuesta de la ICAE, aunque esto no lo puedo afirmar rotundamente, ya que no veo la firma completa del documento.
En segundo lugar, juega a combinar dos conceptos: que un "arma" para un particular es la suma de sus componentes, fundamentales o no, y que las reparaciones sólo las pueden hacer los armeros, ergo, un particular no puede reparar sus propias armas, ergo ni "necesita" ni "puede" conservar sus componentes no fundamentales... Así que, a entregarla entera, y listo, en su mundo de colores, todo explicado.
Pero la realidad es terca, y ocurre que todo el mundo sabe que la venta de piezas, tanto inespecíficas (un muelle) como específicas pero no fundamentales (un martillo, una aguja percutora) son, de momento, de venta libre a particulares.
Más aún, ocurre que el concepto de "reparación" de armas de fuego, que corresponde en exclusiva a los armeros, es bastante indeterminado y en un país normal se interpreataría como "reparación sobre elementos fundamentales" y tampoco excluye la posibiliad de que un particular intercambie, sustituya o reemplace componentes no esenciales...
¿Alguien se imagina que se llevasen detenido a un competidor internacinoal (en las modalidades que lo permitan) por sustituir por sus propios medios una extractora o un muelle en una competición?, ¿no? pues eso.
De modo que las conclusiones a las que llega el Sr. Teniente Jefe (no se ve más) son insostenibles en la práctica.
En el contexto en el que se utiliza, "arma de fuego completa" significa sencillamente, arma con sus elementos fundamentales completos.
Tampoco la interpretación de un reglamento puede establecer de manera "graciosa" que a un armero se le permita a la hora de entregarlas, la retirada de mecanismos o accesorios.
Y por último, no se puede "inventar" una norma que diga que "para facilitar el depósito" no se permitirá el depósito de armas que no estén ensambladas con todos sus componentes... esenciales completos, porque eso no lo pone en ningún sitio, y en ocasiones puede ser físicamente imposible. En todo caso, fíjense que (aunque a regañadientes) dice "componentes esenciales".
En fin, que, como siempre, la teoría va por una parte, y la realidad va por otra.
Porque, claro, ahora hace falta ir a la IA de verdad, y cuando el Sr. Interventor no nos acepte hacerse cargo de "los restos mortales" y encima nos suelte el sermón correspondiente, nosotros hagamos uso de nuestro DERECHO a que se nos diga por ESCRITO y que salga el sol por donde tenga que salir.
Si vis pacem... poseso.
Me lo acabo de leer, y, en primer lugar, me da la impresión de que han hecho un "truco" para hacer pasar la respuesta del responsable de la IA de la ciudad en cuestión por una respuesta de la ICAE, aunque esto no lo puedo afirmar rotundamente, ya que no veo la firma completa del documento.
En segundo lugar, juega a combinar dos conceptos: que un "arma" para un particular es la suma de sus componentes, fundamentales o no, y que las reparaciones sólo las pueden hacer los armeros, ergo, un particular no puede reparar sus propias armas, ergo ni "necesita" ni "puede" conservar sus componentes no fundamentales... Así que, a entregarla entera, y listo, en su mundo de colores, todo explicado.
Pero la realidad es terca, y ocurre que todo el mundo sabe que la venta de piezas, tanto inespecíficas (un muelle) como específicas pero no fundamentales (un martillo, una aguja percutora) son, de momento, de venta libre a particulares.
Más aún, ocurre que el concepto de "reparación" de armas de fuego, que corresponde en exclusiva a los armeros, es bastante indeterminado y en un país normal se interpreataría como "reparación sobre elementos fundamentales" y tampoco excluye la posibiliad de que un particular intercambie, sustituya o reemplace componentes no esenciales...
¿Alguien se imagina que se llevasen detenido a un competidor internacinoal (en las modalidades que lo permitan) por sustituir por sus propios medios una extractora o un muelle en una competición?, ¿no? pues eso.
De modo que las conclusiones a las que llega el Sr. Teniente Jefe (no se ve más) son insostenibles en la práctica.
En el contexto en el que se utiliza, "arma de fuego completa" significa sencillamente, arma con sus elementos fundamentales completos.
Tampoco la interpretación de un reglamento puede establecer de manera "graciosa" que a un armero se le permita a la hora de entregarlas, la retirada de mecanismos o accesorios.
Y por último, no se puede "inventar" una norma que diga que "para facilitar el depósito" no se permitirá el depósito de armas que no estén ensambladas con todos sus componentes... esenciales completos, porque eso no lo pone en ningún sitio, y en ocasiones puede ser físicamente imposible. En todo caso, fíjense que (aunque a regañadientes) dice "componentes esenciales".
En fin, que, como siempre, la teoría va por una parte, y la realidad va por otra.
Porque, claro, ahora hace falta ir a la IA de verdad, y cuando el Sr. Interventor no nos acepte hacerse cargo de "los restos mortales" y encima nos suelte el sermón correspondiente, nosotros hagamos uso de nuestro DERECHO a que se nos diga por ESCRITO y que salga el sol por donde tenga que salir.
Si vis pacem... poseso.