Mensaje por aduraspenas » 14 Oct 2011 18:25
Hola Nonalive
Parece que te ha sorprendido mi respuesta pues tal vez esperabas un poco de coherencia.
Lo que ocurre es que pedir coherencia a los Reglamentos y Normativas de Armas y Explosivos es como pedir peras a un olmo. No es nada raro que el Reglamento te permita virtualmente algo que luego no sea posible en la "dura realidad".
Eso lo saben perfectamente todos los que ya llevan unos años en este mundillo. Si tú aún te sorprendes es que llevas muy poco tiempo.
Como te decía, yo no se si existe una normativa común para todos los campos de tiro, pero en general los calibre Magnum de pistola (.44 Magnum o .454 Casull, incluso .357 Magnum) no suelen estar permitidos en los campos de tiro, en las galerías de precisión al menos, y tampoco las balas de punta blindada.
Pero como tu bien dices “Además hay personas que poseen armas de estos tipos de calibre (.454 casull, 44 magnum...). Digo yo que en algún lugar las utilizarán ¿no?”
Pues solo es cuestión de hablar con alguno de ellos y preguntarle en que sitio los utiliza. En precisión no creo, quizás deberías plantear esta cuestión en el foro de IPSC.
De cualquier forma yo no te recomendaría de ninguna manera que compraras un calibre Magnum con licencia F, (salvo el .357 Magnum que permite el uso del .38).
Solo te darán problemas.
Saludos.
aduraspenas
Hola Nonalive
Parece que te ha sorprendido mi respuesta pues tal vez esperabas un poco de coherencia.
Lo que ocurre es que pedir coherencia a los Reglamentos y Normativas de Armas y Explosivos es como pedir peras a un olmo. No es nada raro que el Reglamento te permita virtualmente algo que luego no sea posible en la "dura realidad".
Eso lo saben perfectamente todos los que ya llevan unos años en este mundillo. Si tú aún te sorprendes es que llevas muy poco tiempo.
Como te decía, yo no se si existe una normativa común para todos los campos de tiro, pero en general los calibre Magnum de pistola (.44 Magnum o .454 Casull, incluso .357 Magnum) no suelen estar permitidos en los campos de tiro, en las galerías de precisión al menos, y tampoco las balas de punta blindada.
Pero como tu bien dices “[b]Además hay personas que poseen armas de estos tipos de calibre (.454 casull, 44 magnum...). Digo yo que en algún lugar las utilizarán ¿no?[/b]”
Pues solo es cuestión de hablar con alguno de ellos y preguntarle en que sitio los utiliza. En precisión no creo, quizás deberías plantear esta cuestión en el foro de IPSC.
De cualquier forma yo no te recomendaría de ninguna manera que compraras un calibre Magnum con licencia F, (salvo el .357 Magnum que permite el uso del .38).
Solo te darán problemas.
Saludos.
aduraspenas