Mensaje por LobeznoEstepario » 10 Ene 2022 21:46
Esta mañana he ido a “mi” Intervención de Armas a recoger una carabina semiautomática del 22lr que he comprado online en una conocida armería de Valencia.
El agente que me ha atendido me ha pedido que abriese el paquete y que confirmase que estaba conforme con su contenido, y me ha dado el impreso para ir a abonar las tasas de la Guía de Pertenencia. He ido a pagar las tasas y, al volver a la IAE, el agente me dice que no puedo llevarme el cargador de la carabina porque es de más de 20 cartuchos, y para justificar su afirmación me enseña unas fotocopias encuadernadas con gusanillo del (según él) “Reglamento de Armas”, donde me señala el siguiente texto:
5. Los cargadores de armas de fuego cortas y largas semiautomáticas de capacidad superior a 20 y 10 cartuchos, respectivamente, deberán ser entregados en la Intervención de Armas y Explosivos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.
– Por tanto —me dice— tengo que quedarme con el cargador.
Me quedo de piedra. No puedo creer que una de las armerías más conocidas de este país me haya vendido una carabina con un cargador ilegal.
Llamo a la armería por teléfono para preguntar, pero no cogen el teléfono. Tras varias llamadas sin obtener respuesta, empiezo a buscar en internet, y encuentro este tema de este magnífico foro de armas.es, donde lo aclaráis todo (¡Gracias, compañeros!), así que busco el Reglamento de Armas en el BOE y encuentro el Artículo 5:
e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de PERCUSIÓN CENTRAL
semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de
20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por
museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o
coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.
Le señalo al agente que el artículo dice “Percusión Central”. Él lo lee detenidamente y me pregunta: “¿Y ésa no es de Percusión Central?” mientras señala la carabina. Tras unos segundos de desconcierto por mi parte por la extrañeza que me provoca que el agente me haga esa pregunta, le digo que la carabina es del 22lr y, por tanto, de percusión anular.
Sólo entonces acceden a entregarme el cargador de 25 cartuchos.
Es después, charlando con los agentes antes de abandonar la IAE, cuando me entero de que el agente que me ha atendido está sustituyendo a quien normalmente se encarga de esos trámites, que sigue de vacaciones, y me parece entender que hay agentes de baja por COVID.
Que conste que no estoy criticando al agente que me atendió, que fue muy amable y que hizo su trabajo lo mejor que pudo considerando que ese no es su puesto; ni critico al agente que está disfrutando de sus merecidas vacaciones.
Lo que sí me parece criticable es que, cuando un ciudadano va a realizar un trámite administrativo, no sea atendido por una persona preparada para esa labor, que sepa lo que se puede y lo que no se puede hacer, y más aún en un tema tan delicado como son las armas. ¿Hacen falta más agentes para dar respuesta a las necesidades de nuestro país en una situación excepcional como la que estamos viviendo?
Un saludo, y ¡Feliz año nuevo!
Esta mañana he ido a “mi” Intervención de Armas a recoger una carabina semiautomática del 22lr que he comprado online en una conocida armería de Valencia.
El agente que me ha atendido me ha pedido que abriese el paquete y que confirmase que estaba conforme con su contenido, y me ha dado el impreso para ir a abonar las tasas de la Guía de Pertenencia. He ido a pagar las tasas y, al volver a la IAE, el agente me dice que no puedo llevarme el cargador de la carabina porque es de más de 20 cartuchos, y para justificar su afirmación me enseña unas fotocopias encuadernadas con gusanillo del (según él) “Reglamento de Armas”, donde me señala el siguiente texto:
[i]5. Los cargadores de armas de fuego cortas y largas semiautomáticas de capacidad superior a 20 y 10 cartuchos, respectivamente, deberán ser entregados en la Intervención de Armas y Explosivos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto.[/i]
– Por tanto —me dice— tengo que quedarme con el cargador.
Me quedo de piedra. No puedo creer que una de las armerías más conocidas de este país me haya vendido una carabina con un cargador ilegal.
Llamo a la armería por teléfono para preguntar, pero no cogen el teléfono. Tras varias llamadas sin obtener respuesta, empiezo a buscar en internet, y encuentro este tema de este magnífico foro de armas.es, donde lo aclaráis todo (¡Gracias, compañeros!), así que busco el Reglamento de Armas en el BOE y encuentro el Artículo 5:
[i]e) Los cargadores aptos para su montaje en armas de fuego de [u][b]PERCUSIÓN CENTRAL[/b][/u]
semiautomáticas o de repetición, que en el caso de armas cortas puedan contener más de
20 cartuchos, o en el de armas largas más de 10 cartuchos, salvo los que se conserven por
museos, organismos con finalidad cultural, histórica o artística en materia de armas o
coleccionistas, con los requisitos y condiciones determinados en el artículo 107.[/i]
Le señalo al agente que el artículo dice “Percusión Central”. Él lo lee detenidamente y me pregunta: “¿Y ésa no es de Percusión Central?” mientras señala la carabina. Tras unos segundos de desconcierto por mi parte por la extrañeza que me provoca que el agente me haga esa pregunta, le digo que la carabina es del 22lr y, por tanto, de percusión anular.
Sólo entonces acceden a entregarme el cargador de 25 cartuchos.
Es después, charlando con los agentes antes de abandonar la IAE, cuando me entero de que el agente que me ha atendido está sustituyendo a quien normalmente se encarga de esos trámites, que sigue de vacaciones, y me parece entender que hay agentes de baja por COVID.
Que conste que no estoy criticando al agente que me atendió, que fue muy amable y que hizo su trabajo lo mejor que pudo considerando que ese no es su puesto; ni critico al agente que está disfrutando de sus merecidas vacaciones.
Lo que sí me parece criticable es que, cuando un ciudadano va a realizar un trámite administrativo, no sea atendido por una persona preparada para esa labor, que sepa lo que se puede y lo que no se puede hacer, y más aún en un tema tan delicado como son las armas. ¿Hacen falta más agentes para dar respuesta a las necesidades de nuestro país en una situación excepcional como la que estamos viviendo?
Un saludo, y ¡Feliz año nuevo!