Mensaje por Eventual62 » 06 Sep 2025 20:32
Si no me equivoco se podría subir de categoría sin problema alguno, pues la Orden INT/96/2022, de 11 de febrero, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia de armas "F", son consideradas de concurso, dice que el cañón, para participar en velocidad y estandar no puede superar los 220 y 300 mm. La longitud de cañón de la hunter es de 6.88 pulgadas, es decir, 175 mm, y la longitud total de la arma de 282 mm, cuando el máximo para poder competir es de 300 mm en esas modalidades. La modalidad libre, como su nombre indica, no tiene restricciones. Solo estaría excluida de la modalidad de velocidad.
Sin perjuicio de que haya otro criterio mejor fundado.
Saludos
Si no me equivoco se podría subir de categoría sin problema alguno, pues la Orden INT/96/2022, de 11 de febrero, por la que se determinan las armas que, amparadas con licencia de armas "F", son consideradas de concurso, dice que el cañón, para participar en velocidad y estandar no puede superar los 220 y 300 mm. La longitud de cañón de la hunter es de 6.88 pulgadas, es decir, 175 mm, y la longitud total de la arma de 282 mm, cuando el máximo para poder competir es de 300 mm en esas modalidades. La modalidad libre, como su nombre indica, no tiene restricciones. Solo estaría excluida de la modalidad de velocidad.
Sin perjuicio de que haya otro criterio mejor fundado.
Saludos