Mensaje por Cerro Negro » 19 Jul 2017 21:58
Depende de cada comunidad autónoma. Los visores nocturnos pueden ser utilizados para observación siempre y cuando no estén acoplados al arma. Una cosa es que en una espera te sirvas de un monocular nocturno para saber qué animales te entran y otra muy distinta que lo tengas acoplado al arma como elemento de puntería, en cuyo caso está prohibido. Al menos en la C. Valenciana es así; en el resto mejor consultar antes de hacer un desembolso importante de dinero.
Depende de cada comunidad autónoma. Los visores nocturnos pueden ser utilizados para observación siempre y cuando no estén acoplados al arma. Una cosa es que en una espera te sirvas de un monocular nocturno para saber qué animales te entran y otra muy distinta que lo tengas acoplado al arma como elemento de puntería, en cuyo caso está prohibido. Al menos en la C. Valenciana es así; en el resto mejor consultar antes de hacer un desembolso importante de dinero.