Mensaje por chiloeches » 03 Ago 2013 13:45
Lo primero de todo, muchas gracias por la respuesta.
Ahora, a estudiar como se hace el recalibrado de cuello.
De todas formas, hay algo que no consigo entender:
Si el 7,62x51 está prohibido, ¿como es que yo tengo, con su correspondiente guía, un rifle de cerrojo en el que pone, meridianamente claro, 7,62x51?
Desde mi ignorancia del tema, que es mucha, ¿no será que está prohibido tener munición del 7,62x51 fabricada para el ejercito, a cargo de los presupuestos generales del estado?
Es decir, si, por ejemplo, un importador trajera vainas fabricadas en Brasil, Alemania u otro estado cualquiera (p. ej. España

), con marcajes otan y stanag y, ya puestos a soñar despierto, pistón boxer, esa munición, cargada con pólvora comercial y puntas de caza, teóricamente, sería totalmente legal.
Vamos, que me cuesta creer que tengo un arma legal,registrada y con su correspondiente documentación, pero que no puede disparar porque su munición es ilegal.
El CETME, se ha recalibrado al .307 por el "sencillo" expediente de fresar la cabeza del cierre para admitir el reborde, ¿pero su recámara, sigue siendo la que tenía para el 7,62x51?
En fin, que solo son reflexiones por escrito. Lo que vale es el conocimiento y la experiencia de los que saben.
Y, me repito, me ha quedado claro que, la solución, es el recalibrado de cuello.
Lo primero de todo, muchas gracias por la respuesta.
Ahora, a estudiar como se hace el recalibrado de cuello.
De todas formas, hay algo que no consigo entender:
Si el 7,62x51 está prohibido, ¿como es que yo tengo, con su correspondiente guía, un rifle de cerrojo en el que pone, meridianamente claro, 7,62x51?
Desde mi ignorancia del tema, que es mucha, ¿no será que está prohibido tener munición del 7,62x51 fabricada para el ejercito, a cargo de los presupuestos generales del estado?
Es decir, si, por ejemplo, un importador trajera vainas fabricadas en Brasil, Alemania u otro estado cualquiera (p. ej. España :wink: ), con marcajes otan y stanag y, ya puestos a soñar despierto, pistón boxer, esa munición, cargada con pólvora comercial y puntas de caza, teóricamente, sería totalmente legal.
Vamos, que me cuesta creer que tengo un arma legal,registrada y con su correspondiente documentación, pero que no puede disparar porque su munición es ilegal.
El CETME, se ha recalibrado al .307 por el "sencillo" expediente de fresar la cabeza del cierre para admitir el reborde, ¿pero su recámara, sigue siendo la que tenía para el 7,62x51?
En fin, que solo son reflexiones por escrito. Lo que vale es el conocimiento y la experiencia de los que saben.
Y, me repito, me ha quedado claro que, la solución, es el recalibrado de cuello.